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BANEGAS FRANCO DANIEL C/ BOLLOS Y RELLENOS SA Y OTRO/A S/ DESPIDO

Franco Daniel Banegas demandó a Bollos y Rellenos SA y a Ivo Pisaniello por indemnizaciones por despido e incumplimientos laborales por $32.163.128,70. El Tribunal rechazó la demanda al no acreditarse la existencia de la relación laboral invocada.

Despido Relacion laboral no registrada Carga probatoria Testimonio directo Indemnizacion Danos y perjuicios Falta de acreditacion Presuncion iuris tantum Costas Derecho laboral

Quién demanda: Franco Daniel Banegas, por intermedio de su letrada apoderada Dra. María Silvina Broccoli.

¿A quién se demanda?

Bollos y Rellenos SA e Ivo Pisaniello.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnizaciones por despido, rubros salariales detallados y sanciones previstas por las leyes 24.013, 25.323 y 25.345, por la suma de $32.163.128,70 más accesorios. El actor alegaba haber mantenido una relación laboral no registrada desempeñándose como Ayudante Pastelero en la producción de medialunas en la empresa que explotaba locales comerciales denominados "SABORES EXPRESS".

¿Qué se resolvió?

El Tribunal rechazó la demanda en todas sus partes, condenando al actor al pago de costas y difiriendo la regulación de honorarios hasta que quede firme la sentencia. Fundamentos principales de la decisión: "De acuerdo con la forma en que ha quedado trabada la litis pesaba en cabeza de la parte actora acreditar la relación laboral invocada en abono de su pretensión." El elemento decisivo fue el testimonio de Mariano David Villa, empleado de la demandada que labora hace ocho años en el domicilio de Pastor Obligado 2599, quien bajo juramento de decir verdad manifestó que la accionada Bollos y Rellenos SA se dedica a la fabricación de pizzas y empanadas (no medialunas como sostenía el actor), que las instrucciones son dadas por la Directora de Fábrica llamada Sabrina, y fundamentalmente que no conoce al actor. El tribunal destacó que: "Tal testimonio prestado por una persona que ha tenido conocimiento directo sobre los hechos que depuso, evaluado de conformidad con lo establecido por el art. 57 inc. 5 de la ley 15.057, goza de plena eficacia probatoria y resulta eficiente para constituir prueba en contra de la presunción iuris tantum emergente de la falta de contestación de demanda de BOLLOS Y RELLENOS S.A." El tribunal concluyó: "Por todo lo expuesto concluyo que no se ha acreditado la relación laboral invocada por la parte actora. Inexistente el presupuesto fáctico imprescindible a los efectos de hacer viable la pretensión, esto es la existencia de relación laboral, la demanda debe ser rechazada en todas sus partes con imposición de costas a la parte actora vencida."

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