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AQUINO RIOS DERLIS Y OTROS C/ GEREZ ESTEBAN ELIAS Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

Se homologó el acuerdo transaccional celebrado por las partes en un proceso por daños y perjuicios derivados de accidente automotor con lesiones. El Tribunal hizo lugar a la homologación del convenio por $52.000.000, regulando honorarios y ordenando la apertura de cuentas judiciales en dólares para las menores de edad.

Homologacion de acuerdo transaccional Danos y perjuicios automotor Menores de edad Transaccion judicial Regulacion de honorarios Cuentas judiciales Voluntad de las partes Acuerdo extrajudicial Costas procesales Tasa de justicia

Quién demanda: AQUINO RIOS DERLIS y otros (actores).

¿A quién se demanda?

GEREZ ESTEBAN ELIAS y otros (demandados).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios derivados de accidente automotor con lesiones o muerte.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal homologó el acuerdo transaccional celebrado por las partes, con las modificaciones instrumentadas en acta de audiencia del 13/5/2026, fijando un monto total de PESOS CINCUENTA Y DOS MILLONES ($52.000.000). Fundamentos principales de la decisión: "Que la situación descripta encuadra en lo normado en el artículo 308 de la ley de enjuiciamiento civil, limitándose la labor jurisdiccional a examinar los requisitos exigidos por la ley para su validez y a homologar o no, la transacción efectuada por los contendientes." "Que examinados los acuerdos mencionados supra, entiendo que los mismos exteriorizan la voluntad expresa de las partes (arts. 959, 1021 y cctes. del CCCN), toda vez que no aparecen en forma manifiesta vicios dirigidos a la voluntad del acto mismo por ellos celebrado, motivo por el cual, habiéndose dado cumplimiento con lo normado en el art. 2651 del código antes citado, corresponde homologar el acuerdo presentado en fecha 13/3/2026 08:33:05, conjuntamente con las modificaciones instrumentadas en el acta de la audiencia celebrada en la Asesoría de menores el día 13/5/2026 (conf. art. 308 Cód. Proc.)." La Asesora de Menores solicitó expresamente la homologación del acuerdo transaccional con las modificaciones en la distribución del monto total instrumentadas en acta de audiencia del 13/5/2026. El Tribunal verificó la ausencia de vicios en la voluntad de las partes y la presencia de la manifestación expresa de voluntad requerida legalmente, por lo que procedió a homologar el convenio. Se regularon honorarios del letrado de la parte actora (Dr. SEBASTIÁN GASTÓN CANOSA) en PESOS SIETE MILLONES OCHOCIENTOS MIL ($7.800.000), en función de los honorarios convenidos en la cláusula quinta del acuerdo. Se regularon honorarios del letrado citado en garantía (Dr. GERMÁN ALBERTO STOPIELLO) al mínimo legal de 7 IUS, conforme lo solicitado en la cláusula sexta. Se impusieron costas en el orden causado con las salvedades de las cláusulas quinta y octava del acuerdo. Se liquidó tasa de justicia por $1.144.000 más sobretasa del 5%. Se ordenó la apertura de tres cuentas judiciales en dólares estadounidenses a nombre de las menores de edad para invertir los montos correspondientes una vez depositada la suma convenida.

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