JAUREGUIBERRY MONICA DIANA C/ ZAFFERNABERRY JUAN S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA VICENAL/USUCAPION
Aclaratoria solicitada en sentencia de usucapión vicenal. El Tribunal rectificó la nomenclatura catastral del inmueble adquirido por prescripción adquisitiva, completando e individualizando correctamente el bien inmueble objeto de la sentencia.
Quién demanda: Mónica Diana Jaureguiberry
¿A quién se demanda?
Juan Zaffernaberry
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Prescripción adquisitiva vicenal (usucapión) respecto de un inmueble ubicado en calle Intendente Ballester Nº 4068, localidad de San Andrés, Barrio Villa Yapeyú, Partido de General San Martín.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal hizo lugar a la aclaratoria solicitada por la actora, rectificando la sentencia anterior en sus puntos primero y segundo. Se declaró adquirido el dominio del inmueble y se completó su individualización catastral conforme al plano de mensura expedido por la Gerencia General de Catastro y Geodesia Nº 47-0000049 del 11/06/2011. Fundamentos principales: "Conforme con lo pedido y plano de mensura expedido por la Gerencia General de Catastro y Geodesia N° 47-0000049 del día 11/06/2011, déjase aclarado que la nomenclatura catastral del bien es: Circunscripción III, Sección J, Manzana 75, Parcela 18a, Partida 31904, Inscripción dominial N° 87075; y conforme lo dispuesto por los arts. 36 inc. 3º y 166 del CPCC: RESUELVO: Complementar el punto primero y rectificar el punto segundo de la parte dispositiva de la sentencia recaída en autos, estableciendo que se declara adquirido el dominio del inmueble sito en la calle Intendente Ballester N° 4068 de la localidad de San Andrés, Barrio Villa Yapeyú, Pdo. de Gral. San Martín, individualizado según plano de mensura glosado a fs. 221." La resolución se fundó en las disposiciones del Código Procesal Civil y Comercial (arts. 36 inc. 3º y 166 del CPCC) que facultan la aclaración y rectificación de sentencias para precisar nomenclaturas e individualizaciones de bienes inmuebles conforme a documentación catastral oficial.
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