TEGLIA JUAN PABLO MARIA C/ PROF. SEGUROS Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ. AUTOM. S/LESIONES (EXC. ESTADO)
Actor promueve demanda por daños y perjuicios derivados de lesiones en accidente de tránsito. El Tribunal acogió el incidente de aclaratoria y rectificó la denominación de la demandada citada en garantía.
Quién demanda: TEGLIA JUAN PABLO MARIA
¿A quién se demanda?
PROF. SEGUROS y PRODUCTORES DE FRUTAS ARGENTINAS COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA (citada en garantía)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios derivados de lesiones ocasionadas en accidente de tránsito
¿Qué se resolvió?
El Tribunal acogió el incidente de aclaratoria presentado en fecha 26 de mayo de 2026 y rectificó el punto 2 de la parte dispositiva de la sentencia definitiva dictada el 21 de mayo de 2026. Se rectificó la denominación de la citada en garantía, dejando constancia de que la correcta denominación es PRODUCTORES DE FRUTAS ARGENTINAS COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA (conforme art. 166, inc. 2º del C.P.C.C.). Asimismo, se otorgó libremente el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en autos, conforme arts. 242 y 243 del C.P.C.C. Fundamentos principales: La presentación se estructura sobre la base del procedimiento aclaratorio establecido en el art. 166, inc. 2º del Código Procesal Civil y Comercial, permitiendo la rectificación de errores materiales en la denominación de las partes sin alterar los términos sustanciales de la sentencia. La aclaratoria procede respecto de errores de redacción o denominación que no modifiquen la esencia de lo resuelto. Se tuvo presente la reserva de derechos invocada y las manifestaciones efectuadas en los puntos II, III y IV de la presentación.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: