Logo

ARMENDANO HECTOR ARMANDO S/ DETERMINACION DE LA CAPACIDAD JURIDICA

Se actualiza la sentencia de restricción de capacidad jurídica de Héctor Armando Armendano, quien padece discapacidad intelectual leve. El Tribunal mantiene la restricción de capacidad con apoyo obligatorio y establece límites específicos para actos de administración y disposición patrimonial, preservando su autonomía en decisiones de la vida cotidiana.

1. restriccion de capacidad juridica 2. discapacidad intelectual leve 3. modelo de apoyo en la toma de decisiones 4. revision trienal de sentencia 5. limites a la capacidad civil 6. apoyo obligatorio 7. actos de administracion y disposicion 8. medida cautelar de prohibicion de contratar 9. preservacion de autonomia personal 10. ley 26.657 y codigo civil y comercial de la nacion

Quién demanda: El Tribunal, en ejercicio de su potestad de revisión trienal conforme a los arts. 40 de la Ley 26.657 y 625 del CPCC.

¿A quién se demanda?

Héctor Armando Armendano, DNI Nro. 16.768.062.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Revisión y actualización de la sentencia dictada con fecha 30/11/00 que estableció la restricción de capacidad jurídica.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal MANTIENE la restricción de capacidad jurídica de Héctor Armando Armendano, designando como APOYO al Sr. Roberto Ricardo Armendano, DNI Nro. 5.399.058, con límites específicos en materia de actos de administración y disposición patrimonial. Fundamentos principales de la decisión: "Que la capacidad jurídica solo puede ser restringida con carácter de excepción y siempre en beneficio de la persona (art. 31 inc b del CCCN), por tanto, la eventual limitación que pudiera establecerse al ejercicio de la capacidad civil, 'siempre debe serlo con contornos acotados, es decir, referidos a actos específicos' (Kemelmajer de Carlucci, Aída
- Fernández, Silvia E.
- Herrera, Marisa, 'Bases para una relectura de la restricción de a la capacidad civil en el nuevo Código', LA LEY 18/08/2015, pág. 1/6)." "Que de la pericia de salud mental surge que el causante tiene como diagnóstico discapacidad Intelectual Leve, que padece desde su neurodesarrollo. Asimismo, se señala que el pronóstico es favorable de continuar con el acompañamiento y la contención con la que cuenta al momento actual. Se informa que necesita tratamiento, pero que no requiere internación. Igualmente, se indica que requiere de un acompañante para realizar las tareas comunes de la vida diaria." "Que con los antecedentes antes descriptos, entiendo que corresponde mantener la declaración de capacidad restringida del causante Héctor Armando Armendano (arts. 22, 23, 31, 32, 33, 35, 36, 37 y concs. del CCCN, art. 9, 12 de la Ley 26378, CDPD, art. 16 PIDCP, art. 3 CADH), con las especificaciones que se indican en la presente sentencia." El Tribunal establece que el APOYO ejercerá representación frente a terceros en todos los actos jurídicos de administración y disposición patrimonial sin necesidad de judicialización, y que los actos realizados sin tal apoyo serán nulos. Se mantiene la medida cautelar de prohibición de contratar. Sin embargo, declara plenamente capaz al padeciente para actos de la vida cotidiana tales como alimentación, higiene, vestimenta, manejo en la vía pública, conocimiento del dinero, y ejercicio del voto.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar