.................... S/DETERMINACION DE LA CAPACIDAD JURIDICA -ART. 250 CPCC
M. D. A. solicitó el otorgamiento de una pensión derivada del haber jubilatorio de su abuela fallecida. La Corte rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por ANSeS, confirmando la medida cautelar a favor del demandante.
¿Quién es el actor?
M. D. A.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS)
- Objeto de la demanda: Solicitud de pensión derivada del haber jubilatorio de su abuela fallecida.
- Decisión del tribunal: Se rechaza el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El concepto de absurdo remite a la existencia, en la sentencia atacada, de un desvío notorio, patente o palmario de las leyes de la lógica o a una interpretación groseramente errada del material probatorio aportado... En definitiva, para que este Tribunal ingrese al análisis de cuestiones fácticas al recurrente no le alcanza con argumentar que el hecho, la valoración de la prueba... pudo ocurrir o hacerse de otra forma..." "Desde ese encuadre, cabe señalar lo dispuesto por el art. 14 bis de la Constitución nacional en cuanto a que: 'El Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter de integral e irrenunciable...'". "En consecuencia, se vislumbra del análisis del bloque de constitucionalidad reseñado el deber de garantizarle a M. su derecho a la seguridad social, resguardando los riesgos de subsistencia..."
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