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ROMERO JAZMIN C/ IOMA S/ AMPARO

J. R. promovió acción de amparo contra IOMA para obtener la provisión de un implante coclear. La Cámara de Apelaciones revocó parcialmente la sentencia de grado, ordenando la provisión del procesador N8 (CP1110) con kit Aqua, ajustándose a las necesidades actuales de la actora.

Discapacidad Derecho a la salud Amparo Implante coclear Ioma Salud Provision de dispositivos medicos Obsolescencia Honorarios Procedimiento administrativo

Actor: J. R. Demandado: Instituto de Obra Médico Asistencial (IOMA) Objeto: Provisión de un implante coclear (procesador de sonido modelo Nucleus CP810). Decisión: Se revocó parcialmente la sentencia de grado, ordenando la provisión del procesador N8 (CP1110) con kit Aqua.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La falta de provisión configuraba una afectación actual e ilegítima del derecho a la salud de la actora." "El procesador CP810 que la paciente utilizaba ha sido formalmente declarado en obsolescencia comercial y carente de toda posibilidad de reparación técnica desde el mes de diciembre de 2023." "La necesidad de dicho procesador está determinada fundamentalmente para impedir la interrupción del tratamiento indicado, por la falta del mismo, ya que el actual procesador no funciona y no tiene reposición." "Rechazar la actualización del modelo importaría un rigorismo formal manifiesto y una flagrante vulneración al principio constitucional de la tutela judicial efectiva."

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