ACUERDO EXTRAORDINARIO RENUNCIA AGENTE AGUSTIN DRI Y SE DEJA SIN EFECTO LA DESIGNACIÓN DE JULIETA LATTUGA
La Cámara Primera de Apelación y Garantías en lo Penal de San Isidro resolvió en acuerdo extraordinario aceptar la renuncia del auxiliar judicial Agustín Alejo Dri y dejar sin efecto la designación de Julieta Lattuga como Auxiliar Tercero de la Sala Tercera.
Se trata de un procedimiento administrativo interno de la Cámara Primera de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de San Isidro, convocado bajo la modalidad de acuerdo extraordinario.
Objeto del procedimiento:
- Tratar la renuncia al cargo de Auxiliar Primero (cargo nro. 7755) presentada por el agente judicial Agustín Alejo Dri (DNI nro. 44.686.482), con efectividad a partir del 1 de junio del año en curso.
- Revisar lo informado por la Secretaría de la Sala Tercera respecto de la propuesta de nombramiento de Julieta Lattuga.
Decisión del tribunal:
La Cámara resolvió:
I. Aceptar la renuncia del agente judicial Agustín Alejo Dri al cargo de Auxiliar Primero a partir del 1 de junio del año en curso.
II. Dejar sin efecto la designación de Julieta Lattuga como Auxiliar Tercero de la Sala Tercera que había sido resuelta por Acuerdo Extraordinario ACP-2-2026 registrado bajo el número RS-5-SI.
III. Comunicar lo resuelto a la Secretaría de Personal de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El acuerdo extraordinario se basa en el análisis de la documentación presentada y el intercambio de opiniones entre los jueces integrantes de la Cámara, sin que se detallen expresamente fundamentos jurídicos específicos, ya que se trata de una resolución de carácter administrativo-institucional respecto de cuestiones de personal judicial.
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