GODOY MAURO ADRIÁN C/ EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
Trabajador promovió acción de revisión de resolución de comisión médica jurisdiccional en contra de aseguradora de riesgos del trabajo. El Tribunal homologó el acuerdo conciliatorio celebrado entre las partes, considerando que constituye una justa composición de derechos e intereses y respeta principios de orden público.
Quién demanda: GODOY MAURO ADRIÁN
¿A quién se demanda?
EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Revisión de resolución de comisión médica jurisdiccional en el marco de la Ley 15.057 (Ley de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales).
¿Qué se resolvió?
El Tribunal homologó el acuerdo conciliatorio celebrado entre las partes mediante presentación electrónica de fecha 21/05/2026, con imposición de costas a la demandada.
Fundamentos principales de la decisión:
"Que la conciliación arribada entre la parte actora y demandada obrante en la presentación electrónica de fecha 21/05/2026 no vulnera ningún principio de orden público y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las partes y de la controversia traída a decisión de este órgano jurisdiccional, conforme lo dispuesto en los arts. 12 y 15 L.C.T."
"Que la conciliación es una de las formas posibles de concluir el juicio (art. 30 de la ley 15.057), y el convenio celebrado entre partes hace a la celeridad procesal que debe imprimirse a todo trámite en el que se ventilen cuestiones de índole alimentario, tal es el de los potenciales créditos reclamados en autos."
"Que asimismo, las partes han pactado la multa aplicable en caso de que se incumpla la obligación y la misma resulta proporcionada con el monto conciliado (art 790 CCC), estableciendo además, que la demandada se hará cargo de las costas originadas por la presente acción."
Los Dres. Gabriele y Cáceres adhirieron al voto precedente por compartir sus fundamentos.
Decisiones complementarias:
- Imposición de costas a la demandada
- Regulación de honorarios: DR. RUIZ FACUNDO ADRIAN en 18,09 JUS ($ 900.000.-) y DR. TALLONE FEDERICO CARLOS en 18,09 JUS ($ 900.000.-), ambos con más 10% de aportes previsionales
- Regulación de honorarios periciales: FONTANA NESTOR y LITMAN SUSANA LIDIA en $ 102.000.
- cada uno, con más 10% de aportes previsionales e IVA
- Tasa de justicia: $ 99.000.-
- Depósito del capital conciliado en cuenta bancaria del trabajador
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