TONIL PABLO DANIEL C/ MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ EJECUCION DE SENTENCIA - EMPL.PUBLICO
El tribunal rechazó la ejecución de sentencia en trámite incidental por encontrarse en etapa de apelación. La decisión ordenó continuar la ejecución en el expediente principal conforme se encuentra tramitando, evitando duplicación de procesos.
Quién demanda: Pablo Daniel Tonil
¿A quién se demanda?
Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución de sentencia dictada en la causa principal -20343
- que condenaba al organismo a anular la resolución RESOL-2018-1628-GDEBA-MSGP y reconocer el otorgamiento del beneficio contemplado en el artículo 1 de la ley 13.985 desde la fecha del accidente (23-12-2015).
¿Qué se resolvió?
El tribunal rechazó dar curso a la ejecución iniciada en forma incidental, ordenando que continúe en el expediente principal.
Fundamentos principales de la decisión:
"Toda vez que por medio de la sentencia dictada en la causa 'TONIL PABLO DANIEL C/ FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ PRETENSION ANULATORIA
- EMPL.PUBLICO' (expte. Nro. -20343-), se impuso al organismo '.. anular la resolución RESOL-2018-1628-GDEBA-MSGP y condenar al Ministerio Seguridad de la provincia de Buenos Aires a reconocer al señor Pablo Daniel Tonil, el otorgamiento del beneficio plasmado en el artículo 1 de la ley 13.985 y su reglamentación, conforme lo dispuso la Cámara con fecha 29-11-2022, desde la fecha del accidente (23-12-2015) y en adelante..."
"...cuya ejecución se encuentra en trámite en dicho expediente mediante las intimaciones correspondientes y deducido recurso por la demandada, se formó legajo de apelación para su elevación a la Alzada, posibilitando su tramitación, no corresponde dar curso a la ejecución iniciada, debiendo continuar la misma en el expediente principal conforme se encuentra tramitando."
El tribunal consideró que al encontrarse el expediente principal en etapa de apelación por recurso deducido por la demandada, no corresponde abrir un trámite de ejecución incidental paralelo, debiendo continuarse la ejecución en su cauce natural.
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