MIRANDA HECTOR RAUL Y OTRO/A S/ SUCESION AB-INTESTATO
Se declaró la sucesión ab-intestato de Héctor Raúl Miranda y Rosa Beatriz Melino, reconociendo como herederos universales a sus hijos Néstor Raúl Miranda y Melino y Graciela Beatriz Miranda y Melino. El Tribunal hizo lugar a la solicitud conforme a los requisitos legales establecidos en el Código Civil y Comercial.
Quién demanda: Miranda Hector Raul y Otro/a (herederos solicitantes de la declaratoria de herederos)
¿A quién se demanda?
Sucesión ab-intestato de Hector Raul Miranda (fallecido 05/04/2015) y Rosa Beatriz Melino (fallecida 26/08/2017)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Declaratoria de herederos por sucesión ab-intestato de dos causantes fallecidos sin dejar testamento.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal declaró que por fallecimiento de Hector Raul Miranda le suceden en carácter de universales herederos sus hijos Néstor Raúl Miranda y Melino y Graciela Beatriz Miranda y Melino, y su cónyuge Rosa Beatriz Melino a quien se le declara heredar en cuanto a los bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales; y que por fallecimiento de Rosa Beatriz Melino le suceden en carácter de universales herederos sus hijos Néstor Raúl Miranda y Melino y Graciela Beatriz Miranda y Melino.
Fundamentos principales de la decisión:
El Tribunal fundamentó su decisión en los siguientes considerandos:
"Que con el certificado adjuntado a fs. 1 -página 5 del 1° archivo '.pdf'
- se acredita la defunción de HECTOR RAUL MIRANDA ocurrida el día 05/04/2015 -art. 96 Código Civil y Comercial según Ley 26.994-."
"Que con el certificado adjuntado a fs. 1 -página 7 del 1° archivo '.pdf'
- se acredita la defunción de ROSA BEATRIZ MELINO ocurrida el día 26/08/2017 -art. 96 Código Civil y Comercial según Ley 26.994-."
"Que con el certificado adjuntado a fs. 1 -página 11 del 1° archivo '.pdf'
- se acredita el matrimonio de los aquí causantes ocurrido el día 29/08/1963 -art. 423 Código Civil y Comercial según Ley 26.994-."
"Que de esa unión nacieron sus hijos NESTOR RAUL MIRANDA y MELINO el día 06/02/1964 y GRACIELA BEATRIZ MIRANDA y MELINO el día 29/04/1965 (ver certificados acompañados a fs. 1 -páginas 14 y 16 del 1° archivo '.pdf' respectivamente-) -art. 96 Código Civil y Comercial según Ley 26.994-."
"Que con los diarios y recibos acompañados en formato '.pdf' a la presentación electrónica de fs. 15 (ver también presentación electrónica de fs. 17) consta haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 inc. 2º del C.P.C.C., sobre cuyo resultado negativo informa el Sr. Actuario a fs. 18."
La decisión se basó en la conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los artículos 2337, 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial según Ley 26.994 y 735 y 737 del Código Procesal Civil y Comercial.
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