CORDERO PAMELA LUCIANA Y OTRO/A C/ INC S.A. Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJUICIOS EXTRACONTRACTUAL (EXC. AUTOM./ESTADO)
Acuerdo transaccional en demanda de daños y perjuicios extracontractual homologado por el Tribunal. Se regularon honorarios de los letrados intervinientes sobre la base de $ 6.000.000 establecidos en el acuerdo de partes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Quién demanda (Actor): Cordero Pamela Luciana y otro/a A quién se demanda (Demandado): INC S.A., Mastellone Hnos S.A., Danone Argentina S.A., y citadas en garantía Chubb Seguros S.A. y Barbuss Risk Seguros (Argentina) S.A. Qué se reclama (Objeto de la demanda): Daños y perjuicios derivados de responsabilidad extracontractual Qué se resolvió (Decisión del tribunal): Se homologó el acuerdo al que arribaron las partes conforme al acta de fecha 28/5/26. Se impusieron costas conforme a lo expuesto en las cláusulas 1 y 2 del acuerdo. Se regularon los honorarios de todos los letrados intervinientes con base en la suma de $ 6.000.000 establecida en el acuerdo. Fundamentos principales de la decisión: "Teniendo en cuenta las constancias de autos, homológase el acuerdo al que han arribado las partes y de la que dan cuenta el acta de fecha 28/5/26 a la que me remito a todos sus términos (art. 308 del C.P.C.C.), debiéndose imponer las costas conforme lo expuesto en la cláusula 1 y 2 (art. 73 in fine del C.P.C.C.)." "Consecuentemente, teniendo en cuenta la complejidad de las tareas cumplidas atinentes a la iniciación de los presentes actuados hasta la terminación del juicio en primera instancia -bajo las normas establecidas en la ley 14.967-, regúlanse los honorarios de los letrados intervinientes en los presentes actuados, teniendo como base regulatoria la suma que surge del acuerdo arribado entre las partes, a saber, $ 6.000.000." La regulación de honorarios se efectuó conforme a los artículos 14, 15, 16, 25, 28, 54 y 57 de la Ley 14.967 y artículo 73 inciso a) de la Ley 5177, considerando las tareas atinentes al escrito de demanda, contestación de demanda, ofrecimiento de prueba y finalización del juicio.
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