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LAZCANO GABRIELA MABEL C/ AUTOMOVILES AMENDOLA SA Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ. INCUMP. CONTRACTUAL (EXC. ESTADO)

Una consumidora demandó por daños y perjuicios derivados de un ardid y defraudación en la cesión de su plan de ahorro Volkswagen, habiendo sido víctima de engaño con la promesa de cambio de modelo vehicular. El Tribunal rechazó las excepciones de falta de legitimación y condenó solidariamente a todas las demandadas al pago de más de $140 millones por incumplimiento contractual, daño moral y multa civil punitiva.

1. planes de ahorro previo para fines determinados 2. incumplimiento contractual 3. relacion de consumo 4. ley de defensa del consumidor 5. fraude y engano en comercializacion 6. responsabilidad solidaria 7. dano patrimonial y moral 8. multa civil punitiva 9. deber de informacion al consumidor 10. cesion de derechos contractuales fraudulenta

Quién demanda: Gabriela Mabel Lazcano, consumidora titular de un plan de ahorro Volkswagen.

¿A quién se demanda?

Volkswagen S.A. de Ahorro para Fines Determinados (administradora del plan), Sociedad Central de Ventas S.R.L., Gustavo Daniel Olguin, José Ignacio Morales y Automóviles Amendola S.A. (concesionaria).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por daños y perjuicios derivados de incumplimiento contractual en el marco de una relación de consumo. La actora suscribió en 2013 un plan de ahorro 70/30 para adquirir un Volkswagen Voyage. Tras pagar 82 de 84 cuotas, en enero de 2020 fue contactada telefónicamente por personas que se identificaban como empleados de Volkswagen, ofreciéndole cambiar el modelo a un Virtus con mejor financiación. Realizó un depósito de $71.290 como anticipo, pero luego fue víctima de una maniobra defraudatoria: su plan fue cedido a un tercero desconocido (Rubén Esteban Oviedo) y nunca obtuvo el automóvil prometido ni la devolución de los fondos.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal rechazó todas las excepciones de falta de legitimación y acción opuestas por los demandados. Hizo lugar a la demanda condenando solidariamente a todas las demandadas a abonar a la actora la suma de $140.981.300 por concepto de daño patrimonial ($20.654.200), daño moral ($10.327.100) y multa civil punitiva ($110.000.000), más intereses desde la fecha del depósito fraudulento (27/01/2020) hasta el pago efectivo, bajo el régimen de tasa activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires. Fundamentos principales de la decisión: "El denominado 'plan de ahorro previo para fines determinados' es un contrato de consumo atípico y complejo, mediante el cual el fabricante de un bien (en el caso, automóviles) y la empresa administradora de los fondos crean un sistema de autofinanciación para la colocación de sus productos en el mercado. En este contexto, el contrato debe ser interpretado conforme las pautas especiales que estipula la Ley de Defensa del Consumidor, cuando dispone que las cláusulas que importen renuncia o restricción de los derechos del consumidor o amplíen los derechos de la otra parte se tendrán por no convenidas; que la interpretación del contrato se hará en el sentido más favorable para el consumidor y, cuando existan dudas sobre los alcances de la obligación, se estará a la que sea menor gravosa (arts. 3 y 37 inc. 'b' de la ley 24.240)." "La responsabilidad de las empresas -fábrica, concesionario y comercializador de planes de ahorro
- en la relación de consumo debe ser compartida. Todas contribuyen al cumplimiento de la obligación y participan del proceso que lleva el producto al consumidor. Entre ellas existe indudablemente una interconexión y persiguen un fin común cuya prueba no debe ponerse en cabeza del dañado." "Ha quedado acreditado que la actora fue víctima de un ardid y engaño, del cual participaron e intervinieron personal tanto de la administradora del plan Volkswagen S.A. de Ahorro Para Fines Determinados, como de la concesionaria Automóviles Amendola S.A. y la gestionadora de ventas Sociedad Central de Ventas S.R.L. con sus directores responsables, mediante el ofrecimiento de un cambio de automotor y el ingreso a un nuevo plan para adquirir un vehículo marca Volkswagen modelo Virtus 1.6 MSI, habiendo abonado la actora con fecha 27/01/2020 la suma de $ 71.290.
- a la Sociedad Central de Ventas S.R.L., con la cesión de las 82 cuotas de su plan de ahorro del vehículo marca Volkswagen modelo Voyage 1.6, a un tercero el Sr. Ruben Esteban Oviedo, quien no tuvo vinculo con la accionante y abonó éste el total de las sumas que se le requirieron en efectivo a personal de la concesionaria Automotores Améndola S.A., resultando defraudada la parte actora Sra. Gabriela Mabel Lazcano, la cual no obtuvo la adjudicación del automóvil prometido ni la devolución de las sumas invertidas." "La falta de control de las operatorias con los planes de ahorro y la seguridad de sus transferencias y cesiones conlleva una administración deficiente [...] la falta de información al consumidor suscriptor del plan de ahorro previo de la forma y modalidad correcta de la adjudicación, del cambio de automotor, la transferencia y/o la cesión del plan con seguridad, y atento la discrecionalidad del administrador en dicha tarea, desvirtúan las prestaciones del contrato las que se desnaturalizan en perjuicio del consumidor, lesionando sus derechos y afectando la buena fe contractual." "La codemandada Volkswagen S.A. de Ahorro Para Fines Determinados ha incurrido en falta de información al consumidor suscriptor del plan de ahorro respecto de la forma, modalidad y la seguridad que debió proporcionar para el cambio de automotor, con la cesión o transferencia del plan de ahorro para con la consumidora suscriptora del plan, y la discrecionalidad del administrador en dicha tarea, desvirtúan las prestaciones del contrato las que se desnaturalizan en perjuicio del consumidor, lesionando sus derechos y afectando la buena fe contractual."

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