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FRATINI OSVALDO Y OTRO/A S/ SUCESION AB-INTESTATO

Se declaró la sucesión ab-intestato de María Josefa Fernández y Osvaldo Fratini, reconociendo como herederos universales a tres hijos comunes y al cónyuge supérstite. El tribunal hizo lugar al pedido de declaratoria de herederos conforme a lo dispuesto por el Código Civil y Comercial.

Sucesion ab-intestato Declaratoria de herederos Herederos universales Conyuge superstite Gananciales Bienes propios Edictos Codigo civil y comercial Primera instancia Derecho sucesorio.

Quién demanda: FRATINI OSVALDO Y OTRO/A (sucesión ab-intestato)

¿A quién se demanda?

Sucesión de FERNANDEZ MARIA JOSEFA (fallecida el 03/07/2022) y sucesión de FRATINI OSVALDO (fallecido el 06/02/2025)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaratoria de herederos en sucesión ab-intestato por fallecimiento de ambos causantes

¿Qué se resolvió?

El tribunal declaró en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que:
- Por fallecimiento de FERNANDEZ MARIA JOSEFA le suceden en carácter de universales herederos sus hijos: FERNANDO GABRIEL FRATINI Y FERNANDEZ, NORBERTO OMAR FRATINI Y FERNANDEZ y OSVALDO DANIEL FRATINI Y FERNANDEZ; y su cónyuge OSVALDO FRATINI, quien también se le declara heredar sobre los bienes propios si los hubiere sin perjuicio de los que la ley le acuerda respecto de los gananciales.
- Por fallecimiento de FRATINI OSVALDO le suceden en carácter de universales herederos sus hijos: FERNANDO GABRIEL FRATINI Y FERNANDEZ, NORBERTO OMAR FRATINI Y FERNANDEZ y OSVALDO DANIEL FRATINI Y FERNANDEZ. Fundamentos principales: El tribunal fundó su decisión en los siguientes antecedentes: "Que con el certificado adunado mediante escrito del 13/03/2026 se acredita el fallecimiento de FERNANDEZ MARIA JOSEFA ocurrido el día 03/07/2022" y "Que con el certificado adunado mediante escrito del 13/03/2026 se acredita el fallecimiento de FRATINI OSVALDO acaecida el día 06/02/2025". Asimismo, "Que los causantes habían contraído matrimonio el día 07/02/1952 según surge del escrito del 13/03/2026" y "Que de esa unión nacieron: FERNANDO GABRIEL FRATINI (03/06/1967), NORBERTO OMAR FRATINI (15/10/1958) y OSVALDO DANIEL FRATINI (07/02/1954)". El tribunal verificó que "con fecha 08/04/2026 se ha efectuado la publicación de edictos que prescribe el art.2340 del Código Civil y Comercial, sobre cuyo resultado negativo informa la Actuaria". La decisión se fundamentó en "de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los artículos 7, 2337, 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial de La Nación y 735, 737 del CPCC", normas que regulan la sucesión ab-intestato y la declaratoria de herederos.

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