SINNONA FACUNDO NICOLAS C/ OSINALDE CAROLINA BEATRIZ Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
Actor promueve demanda por daños y perjuicios en accidente automotor con lesiones. El Tribunal homologa el acuerdo transaccional y regula honorarios de letrados intervinientes conforme a la ley arancelaria.
Quién demanda: SINNONA FACUNDO NICOLAS
¿A quién se demanda?
OSINALDE CAROLINA BEATRIZ y otro/a
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios derivados de accidente automotor con lesiones o muerte (excluido Estado)
¿Qué se resolvió?
El Tribunal da por concluidas las actuaciones en virtud del acuerdo transaccional presentado por las partes. Se regulan honorarios profesionales de las letradas intervinientes y se establecen pautas para el prorrateo de costas. Fundamentos principales de la decisión: "El Código Civil y Comercial de la Nación establece en su art. 1642 que 'la transacción produce los efectos de la cosa juzgada sin necesidad de homologación judicial'; es decir que su mera presentación en el expediente resulta suficiente para la operatividad del efecto preclusivo, en concordancia con lo dispuesto por el art. 1643 que regula la forma que dicha transacción debe cumplir a los fines de su eficacia." "Consecuentemente, téngase presente el acuerdo arribado en la presentación a despacho en los términos del art. 1642 del CCCN, en virtud del cual corresponde dar por concluidas las actuaciones. Costas en la forma pactada (art. 73 del CPCC)." Se regulan honorarios a favor de la Dra. Gabriela Alejandra Constantino (patrocinante de la parte actora) en la cantidad de 32,16 Jus arancelarios equivalentes a PESOS UN MILLON SEISCIENTOS ($ 1.600.000), por tareas desarrolladas en la etapa de traba de litis, sustanciación probatoria y trámites posteriores hasta la presentación del acuerdo transaccional. Se regulan asimismo honorarios de la Dra. Renata Paola Pereira Pizzini (letrada apoderada de citada en garantía) en el mínimo de la escala arancelaria en cantidad de 11,25 Jus arancelarios equivalentes a PESOS QUINIENTOS MIL SESENTA ($ 560.000). Se acuerdan también honorarios a Barbara Soledad Brisson en suma de 20,87 Jus arancelarios equivalentes a PESOS UN MILLON TREINTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 1.038.282,50).
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