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GPAT COMPAÑIA FINANCIERA S.A.U. C/ MARTINEZ ROBERTO EDGARDO S/ ACCION DE SECUESTRO (ART.39 LEY 12962)

Se acogió la recusación sin causa interpuesta por la demandada GPAT Compañía Financiera S.A.U. contra el juez interviniente. En consecuencia, se dispuso la desinsaculación de un nuevo juzgado para la continuación de la causa de acción de secuestro.

Procedimiento civil Recusacion sin causa Desinsaculacion Accion de secuestro Ley 12962 Cambio de juez Articulos 14 y 16 cpcc

¿Qué se resolvió en el fallo?

Quién demanda (Actor): GPAT Compañía Financiera S.A.U. A quién se demanda (Demandado): Martínez Roberto Edgardo Qué se reclama (Objeto de la demanda): Acción de secuestro conforme artículo 39 de la Ley 12962 Qué se resolvió (Decisión del tribunal): Se hizo lugar a la recusación sin causa efectuada por el peticionante. Se procedió a dar de baja las actuaciones del libro de entradas y de los registros informáticos del Juzgado y Secretaría, y se dispuso la desinsaculación de un nuevo juzgado para que continúe interviniendo en la causa. Fundamentos principales de la decisión: El tribunal, de conformidad con lo solicitado, accedió a la recusación sin causa presentada por GPAT Compañía Financiera S.A.U., tal como lo prevén los artículos 14 y 16 del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires. La recusación sin causa constituye una facultad procesal que permite a las partes cambiar de juez sin necesidad de expresar fundamentos específicos. En virtud de esta decisión, se procedió a la desinsaculación conforme a la normativa procesal vigente, a fin de que un nuevo juzgado continúe interviniendo en la presente causa de acción de secuestro.

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