BANCO SANTANDER ARGENTINA S.A. C/ FERNANDEZ ANTONIO OMAR S/ COBRO EJECUTIVO
Banco Santander Argentina S.A. promovió cobro ejecutivo por deuda en tarjetas de crédito contra Antonio Omar Fernández. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución por $16.130.195,72 más intereses, al no comparecer el ejecutado ni oponer excepciones legítimas.
Quién demanda: Banco Santander Argentina S.A.
¿A quién se demanda?
Antonio Omar Fernández
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro ejecutivo de deuda de capital de $16.130.195,72 derivada de deudas en tarjetas de crédito VISA y AMEX, más intereses.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal mandó llevar adelante la ejecución contra el deudor hasta tanto efectúe pago íntegro del capital reclamado de $16.130.195,72, más los intereses que se liquidarán según pautas establecidas. Se impusieron las costas al ejecutado por resultar vencido.
Fundamentos principales:
"El ejecutado Sr. Antonio Omar Fernández, intimado de pago en el domicilio sito en la calle Jacinto Verdaguer N° 2150, La Reja, Moreno, Provincia de Buenos Aires (ver mandamiento notificado con resultado positivo el día 09/03/2026 e incorporado al trámite del 15/03/2026 en archivo adjunto), no compareció conforme a derecho ni opuso excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, según lo informa la Actuaria en este acto, por lo que cabe darle por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del C.P.C.C.). En tales condiciones, corresponde dictar sentencia de remate (art. 540 in fine del C.P.C.C.)."
"Los intereses por el instrumento de fs. 1 (saldo deudor) cuya copia fuera digitalizada en la presentación electrónica del día 05/12/2024, deben ser liquidados según la tasa que cobre el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones promedio de descuento a 30 días, vigente en los distintos períodos de aplicación, desde la fecha de mora -28/10/2024
- y hasta el efectivo pago, mediante la aplicación que surge del sitio web www.scba.gov.ar."
"Ello, toda vez que los resumen de cuenta no han sido cuestionados (art. 509 CC -vigente al momento de celebración del contrato, art. 7 CCyC, CC0001 SM 59058 RSD-220-7 S 20-7-2007 'Forma Crédito S.A. c/ Alvarado, Sandra Luz s/ Sumario'). La suma objeto de condena devengará, desde la mora y hasta su efectivo pago, los intereses pactados por los litigantes en el contrato glosado en autos, los que no podrán superar, por todo concepto, el tope fijado por los arts. 16 y 18 de la Ley 25.065."
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