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AMAYA CLAUDIO ANSELMO C/ TEJERINA PEDRO MIGUEL Y OTRO/A S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS

El actor desistió de la acción promovida en beneficio de litigar sin gastos contra Tejerina Pedro Miguel y otro. El Tribunal admitió el desistimiento y extinguió el proceso con costas a cargo del desistente.

Desistimiento Extincion del proceso Beneficio de litigar sin gastos Costas procesales Articulo 304 cpcc Accion civil Primera instancia

Quién demanda: Amaya Claudio Anselmo

¿A quién se demanda?

Tejerina Pedro Miguel y otro/a

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se trata de un proceso iniciado bajo el beneficio de litigar sin gastos. El objeto específico de la demanda no se detalla en el documento analizado, siendo este un acto de desistimiento.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal admitió el desistimiento de la acción formulado por la parte demandante, declarando extinguido el proceso con costas al desistente. Fundamentos principales de la decisión: "De conformidad con lo manifestado y en virtud de las facultades que la desistente tiene para hacerlo, no habiendo obstáculo legal, admítase el desistimiento de la acción (art. 304 del CPCC.) formulado y en su mérito y con los alcances previstos por la citada disposición legal, declárase extinguido el proceso, con costas al desistente (art. 68 y 77 Cód.cit.)." El Tribunal aplicó el artículo 304 del Código Procesal Civil y Comercial, reconociendo la facultad legal de la parte desistente para renunciar a la acción. Se impusieron costas al desistente conforme a los artículos 68 y 77 del código procesal citado. Previamente, se informó que la materia se encontraba comprendida en las previsiones del artículo 297 del Código Fiscal, encontrándose exenta de tasa de justicia.

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