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.................... S/ RECURSO DE QUEJA

Esmeralda Nicole Alviso interpuso recurso de queja contra la denegatoria de suspensión de juicio a prueba sin consentimiento fiscal. El Tribunal de Casación rechazó la queja por improcedente, confirmando que la resolución confirmatoria de la Cámara no habilita casación sin cuestión federal debidamente acreditada.

1. recurso de queja 2. suspension de juicio a prueba 3. articulo 76 bis codigo penal 4. recurso de casacion inadmisible 5. doble conforme 6. consentimiento fiscal 7. resolucion confirmatoria 8. cuestion federal insuficiente 9. principios de resocializacion y minima intervencion penal 10. tribunal de casacion de la provincia de buenos aires

Quién demanda: Esmeralda Nicole Alviso, a través de su Defensa Oficial.

¿A quién se demanda?

Juzgado Correccional N° 3 del Departamento Judicial de San Nicolás y Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de San Nicolás.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnación mediante recurso de queja de la sentencia que confirmó el rechazo del pedido de suspensión del juicio a prueba (artículo 76 bis del Código Penal) por falta de consentimiento fiscal. Se alega violación de los principios de resocialización, mínima intervención penal, legalidad e inocencia.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal de Casación rechazó la queja interpuesta por improcedente, con costas. La mayoría (Mancini y Bouchoux) sostuvo que el recurso de casación fue bien declarado inadmisible. Fundamentos principales de la decisión: Según el voto mayoritario del doctor Mancini, aun cuando existe jurisprudencia plenaria que equipara la denegatoria de suspensión de juicio a prueba a sentencia definitiva (Causa N° 52.274, Sentencia del 9 de septiembre de 2013), ello no basta para habilitar la casación cuando se trata de resoluciones confirmatorias de la Cámara. El artículo 450, segundo párrafo del Código Procesal Penal expresamente regula que podrá deducirse casación "respecto de los autos dictados por la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal revocatorios de los de primera instancia". Así expresó: "en casos como el presente en que la resolución de la Cámara no es revocatoria sino confirmatoria de lo decidido en primera instancia (mediando a su respecto 'doble conforme'), el recurso de casación resulta inadmisible". Respecto a la alegada cuestión federal, el tribunal consideró insuficientes las referencias genéricas a los principios de resocialización y mínima intervención penal sin demostrar la afectación constitucional concreta. El voto sostuvo: "la sola referencia de estos extremos, expuesta como un mero disenso con la decisión recurrida, aun cuando haya sido presentada como avalada por opiniones de la jurisprudencia citada en la impugnación, pero sin mayores desarrollos tendientes a evidenciar -en este caso concreto
- cuál sería la afectación constitucional que habría producido la decisión en crisis, no alcanza para superar las limitaciones formales establecidas para este supuesto". Finalmente, el tribunal enfatizó que es deber del recurrente establecer la conexión directa e inmediata entre la materia del pronunciamiento y la cuestión federal planteada, requisito ausente en el caso.

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