.................... S/ HABEAS CORPUS
Habeas corpus promovido por penado para obtener libertad asistida tras rechazo reiterado en instancias inferiores. El Tribunal de Casación Penal rechazó la acción por considerar que no es la vía procesal correcta, debiendo agotarse los recursos ordinarios disponibles.
Quién demanda: Matías David Taddei, a través de su defensor particular.
¿A quién se demanda?
Al Juzgado de Ejecución y a la Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Dolores, por las decisiones dictadas en el marco del incidente de libertad asistida.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La acción se promueve para cuestionar las decisiones que rechazaron la libertad asistida del penado y solicitar que se otorgue dicho instituto. El defensor alegaba que las resoluciones menoscababan sistemáticamente el derecho a la libertad ambulatoria a lo largo de los años, con particular gravedad de cara al agotamiento de la pena (04/10/2026), generando un supuesto de gravedad institucional. Se solicitaba "cesar el estado actual de situación arbitrariamente restrictivo de su libertad."
¿Qué se resolvió?
El Tribunal de Casación Penal rechazó el habeas corpus con costas.
Fundamentos principales de la decisión:
El juez Borinsky, quien votó primero y cuyo voto fue acompañado por Violini, sostuvo:
"Encontrándose habilitada la vía del recurso de casación no utilizada en el caso contra la decisión que se dice impugnada
- como el propio defensor particular reconoce al inicio del desarrollo de sus pretensiones
- la presentación traída no puede considerarse sino en los términos en que ha sido articulada, esto es como habeas corpus originario conforme lo establecido por el artículo 405 del Código Procesal Penal, por lo que rige la constante doctrina de Sala, según la cual la posibilidad de acudir en habeas corpus ante cualquier órgano jurisdiccional, no permite obviar las debidas instancias, a fin de venir directamente al Tribunal de Casación."
Agregó el magistrado que la cuestión expuesta escapaba al marco de la acción intentada:
"El habeas corpus es la acción judicial sumaria por la cual se logra la libertad física de una persona cuando ella fuera restringida -o amenazada
- ilegal o arbitrariamente por la autoridad, o el cese del agravamiento de las condiciones de una detención legalmente dispuesta, pero no tiene que ver con el presente supuesto, como quedó expuesto en los antecedentes, donde la defensa a través de esta vía pretende obtener para su pupilo la libertad asistida, poniendo en tela de juicio lo decidido por la Cámara al homologar el auto de primera instancia por el que se había rechazado el reclamado instituto, con el objeto de conferir una garantía de revisión más amplia a través de un camino que no es claramente el indicado, pues para ello, insisto, está la vía ordinaria, dejada de lado por el letrado."
Finalmente, concluyó: "No observando cuestiones federales que permitan excepcionalmente ampliar los márgenes del habeas corpus traído, como tampoco configurada la denunciada gravedad 'institucional', toda vez que el conflicto planteado no pone en riesgo las instituciones y, por el contrario, no excede el interés de la parte."
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