PEREZ PONISIO FELIPE JOSE C/ GANC MIRIAM SUSANA S/ INCIDENTE DE REVISION
La Cámara declaró desierto el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley por incumplimiento de la intimación de acreditar el beneficio de litigar sin gastos o efectuar el depósito previo. La recurrente no cumplió con la obligación impuesta en el plazo de tres meses.
Quién demanda: PEREZ PONISIO FELIPE JOSE
¿A quién se demanda?
GANC MIRIAM SUSANA
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley contra sentencia dictada el 23/09/2025
¿Qué se resolvió?
La Cámara Primera de Apelación en lo Civil y Comercial, Sala Dos, declaró desierto el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley por incumplimiento de los requisitos formales establecidos.
Fundamentos principales de la decisión:
"En fecha 14/10/2025 la incidentista dedujo recurso extraordinario de inaplicabilidad de la ley contra la sentencia definitiva dictada en autos el día 23/9/2025, remedio concedido por este Tribunal mediante resolución del 30/10/2025. En esa oportunidad se la intimó a acreditar, en el plazo de tres meses, la concesión -a su favor
- del beneficio de litigar sin gastos o, en su defecto, a efectuar el depósito previo que dispone el art. 280 CPCC, bajo apercibimiento de declarar desierto el recurso".
"Encontrándose vencido ese plazo, la recurrente no acreditó la obtención de la franquicia, ni efectuó el depósito pertinente. Consecuentemente, a la primera cuestión doy mi voto por la negativa."
"En virtud del resultado arrojado por la votación a la cuestión anterior, corresponde declarar la deserción del recurso (arts. 280 y 282 del C.P.C.C.)."
El voto del Dr. Peralta Mariscal adhirió a los fundamentos del Dr. Mercado, conformando la mayoría de la Sala.
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