Logo

.................... S/INCIDENTE DE SANCION DISCIPLINARIA

Incidente de sanción disciplinaria contra interna por riña en unidad penal. La Cámara revocó la sanción de tres días de aislamiento al considerar insuficiente la prueba para acreditar que la interna fue agresora y no actuó en legítima defensa.

Incidente de sancion disciplinaria Rina en unidad penal Insuficiencia de prueba Legitima defensa Principio de inocencia Duda razonable Investigacion administrativa Ley 12.256 (regimen penitenciario) Aislamiento (s.a.c.) Recurso de apelacion en ejecucion penal

Quién demanda: La Defensora General Departamental Oficial, Dra. Cecilia M. Boeri, en representación de Carolina Johana Olea (apelante).

¿A quién se demanda?

Contra la resolución del Juzgado de Ejecución Penal Nº 1 que confirmó la sanción disciplinaria.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Revocación de la sanción disciplinaria de tres (3) días de aislamiento (S.A.C.) impuesta a Olea por participación en riña mediante golpes de puño con otra interna el 8 de enero de 2026 en la Unidad Penal Nº 50 de Batán, conforme art. 47 inc. "e" de la ley 12.256. La defensa sostuvo que no existía prueba suficiente de que Olea fuera la agresora y que pudo haber actuado en legítima defensa.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la sanción disciplinaria confirmada por el Juzgado de Ejecución Penal Nº 1, considerando insuficiente la prueba para atribuir responsabilidad individual a Olea. Fundamentos principales de la decisión: El tribunal sostuvo que "aun cuando las constancias reseñadas permiten tener por acreditada la existencia de la pelea, en tanto se identificó a las internas intervinientes y se constataron lesiones en ambas, lo cierto es que, tal como lo sostiene la defensa, nada aportan respecto de la mecánica concreta del hecho, aspecto central para poder avanzar válidamente en la atribución de responsabilidad individual a la imputada." Continuó expresando: "En efecto, no surge de lo actuado que la interna Olea haya sido quien dio inicio al enfrentamiento ni que hubiera revestido el rol de agresora, circunstancia que impide descartar que su conducta hubiera consistido en repeler una agresión ilegítima, tal como sostuvo en su descargo." Finalmente, el tribunal concluyó: "En tales condiciones, considero que los elementos de cargo reunidos no logran conmover el estado jurídico de inocencia de la encausada, subsistiendo una duda razonable acerca del carácter antijurídico de su accionar, la cual debe resolverse a su favor (CPP, art. 1)." El tribunal criticó además la insuficiencia de la investigación administrativa: "Ello obedece, probablemente, a cierta mecánica burocrática que reduce la investigación disciplinaria, sin atender a la complejidad del caso concreto, a la producción de un acta inicial, testimonios del personal interviniente, certificados médicos y descargo de la imputada, omitiéndose toda otra medida de prueba conducente para determinar cómo ocurrieron los hechos y cuál fue la intervención concreta de cada una de las partícipes. Tal modalidad puede resultar suficiente frente a infracciones formales o de escasa complejidad, pero no cuando se trata de conductas graves cuya adecuada reconstrucción exige una actividad investigativa más profunda."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar