Logo

ALONSO LARA AYELEN C/ GAJANO DOMINGA ANGELA ALEJANDRINA Y OTRO/A S/ INTERDICTO

Actor promovió demanda por interdicto de recobrar la posesión de un inmueble del cual fue despojado mediante actos de violencia y clandestinidad. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia condenando al demandado a restituir la posesión en el plazo de diez días.

Interdicto Recobrar posesion Despojo Violencia Clandestinidad Posesion Tenencia Vias de hecho Remedio urgente y sumario Valoracion de prueba Sana critica

Quién demanda: M A G (Actor)

¿A quién se demanda?

C M G (Demandado)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Interdicto de recobrar la posesión del inmueble sito en calle Jorge Duclout 438/444 de Monte Grande, Partido de Esteban Echeverría, Nom. Cat.: Circ. I, Secc. B, Chacra 41, Mza 41 A, Parcela 3 b, Partida Inmobiliaria 03061-654.

¿Qué se resolvió?

La Cámara de Apelación confirmó la sentencia de primera instancia que:
- Desestimó la excepción de falta de legitimación activa
- Admitió la demanda por interdicto
- Condenó al demandado a restituir la posesión al actor en el término de diez días de quedar firme la sentencia, bajo apercibimiento de desahucio por medio de la fuerza pública
- Impuso las costas al demandado vencido Fundamentos principales: "Cabe comenzar señalando que los interdictos, como medidas policiales, han sido instituidos para que nadie zanje sus conflictos por mano propia, ni sea desposeído contra su voluntad al margen de las vías legales. Es decir, que el interdicto de recobrar, tiende al restablecimiento inmediato del orden alterado por actos de violencia o clandestinidad, configurando un remedio urgente y sumario, dado en favor de quien se encuentra en posesión de un inmueble
- o tenencia
- con o sin derecho y cualquiera sea el tiempo de su duración y origen, contra el que por si o ante si la turba." "El interdicto de recobrar, al igual que la acción de despojo del art. 2490 del Código Civil s. Ley 340 y modif. (hoy art. 2.241 del Cód. Civ. y Com. de la Nación) con la que se identifica, se inspira en la 'conditio ex canone reintegrande' del derecho canónico, basada en el principio 'spoliatus ante omnia restituendis'. En efecto; está destinado a restablecer el orden alterado, amparando al poseedor o mero tenedor actual de una cosa, con o sin derecho a tenerla, que ha sido despojado de ella con violencia o clandestinidad, tratándose de un remedio urgente para reimplantar la situación de hecho anterior." "Resulta requisito ineludible para la procedencia del interdicto de recobrar, contar, en primer lugar, con la prueba de la posesión o la tenencia de la cosa por parte del actor, o su causante; -no siendo menester la posesión anual
- y en segundo término, también resulta necesaria la demostración de que el despojo total o parcial del bien se hubiere concretado con violencia o clandestinidad, bastando que se configure una u otra situación." "De esta forma se configuran esas vías de hecho por violar o cambiar cerraduras, impidiendo el acceso o la entrada al anterior poseedor o tenedor o cuando se le impide la entrada al poseedor." Con respecto a la prueba producida, la Cámara consideró verosímiles los testimonios de Eliana Marina Barrios y M E P, vecina de la demandada, que resultaban concordantes y brindaban datos claros y precisos que demostraban el despojo efectuado. El tribunal rechazó los agravios del demandado respecto de la valoración de la prueba testimonial, recordando que "no constituye un supuesto de absurdo, el ejercicio de la facultad con que cuentan los tribunales de las instancias de mérito para seleccionar el material probatorio y dar preeminencia a unas pruebas respecto de otras, así como para apreciar la idoneidad de los testigos." "Ponderando dichos testimonios con la estrictez que la situación requiere y de conformidad con las reglas de la sana crítica, entiendo que mi juicio resultan verosímiles, ya que resultan concordantes y brindan datos claros y precisos y que demuestran el despojo efectuado por la demandada."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar