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INSAURRALDE MILENA YANINA C/ DIAZ GRACIELA MARGARITA S/ DESPIDO

Se homologó la conciliación alcanzada entre trabajadora y empleadora en demanda por despido. El Tribunal del Trabajo Nº 1 de La Plata validó el acuerdo por cumplir recaudos legales y no afectar derechos reconocidos ni disposiciones de orden público.

Despido Tribunal del trabajo Homologacion de conciliacion Derecho laboral Acuerdo de partes Derechos irrenunciables del trabajador Orden publico laboral Honorarios profesionales Tasa retributiva de servicios judicales Primera instancia

Quién demanda: INSAURRALDE MILENA YANINA (trabajadora)

¿A quién se demanda?

DIAZ GRACIELA MARGARITA (empleadora)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por despido con homologación de conciliación arribada entre las partes

¿Qué se resolvió?

El Tribunal homologó la conciliación en todas sus partes, incluyendo la totalidad de los rubros reclamados y acuerdo sobre costas. Se regularon honorarios profesionales en 16.080 IUS (equivalentes a $800.000 para cada letrado al momento del fallo, con incrementos legales e IVA) y se intimó a la demandada al depósito de tasas judiciales por $88.000 y contribución del 5% por $4.400 en plazo de diez días. Fundamentos principales de la decisión: La Dra. STELLA MARIS MARCASCIANO expresó: "Atento a que lo pactado libremente por las partes, que informa el escrito presentado, cumple con los recaudos legalmente exigibles para alcanzar una justa composición de los derechos e intereses de las mismas, toda vez que no implica renuncias a derechos del trabajador que supongan derechos reconocidos por el empleador en autos, ni afectan disposiciones de orden público en vigencia, soy de opinión favorable de homologarlo, en todas sus partes, en cuanto involucra la totalidad de los rubros reclamados y acuerdo sobre las costas ocasionadas." El Tribunal fundamentó la decisión en los arts. 15 de la ley 20.744, 1641 y siguientes del Código Civil y Comercial de la Nación, 73, 160, 162 y concordantes del CPCC, y arts. 24, 25, 30 y 89 de la ley 15.057, criterios que permiten validar acuerdos conciliatorios que respeten derechos irrenunciables del trabajador y no vulneren el orden público laboral. Los Dres. NICOLÁS VIGLIAROLO y MAURICIO JAVIER BORDINO votaron en igual sentido por compartir los fundamentos expuestos.

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