RODRIGUEZ MARIA FLORENCIA C/ BIALUFRAN S.A. Y OTROS S/ DESPIDO
Homologación de acuerdo conciliatorio en demanda por despido. El Tribunal del Trabajo homologó el convenio celebrado entre las partes, considerando que no vulnera principios de orden público y constituye una justa composición de derechos e intereses, ordenando el pago de costas a las demandadas.
Quién demanda: María Florencia Rodríguez
¿A quién se demanda?
BIALUFRAN S.A. y otros
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Homologación de acuerdo conciliatorio arribado en audiencia celebrada el 05/05/2026 en demanda por despido
¿Qué se resolvió?
El Tribunal del Trabajo Nº 1 de Avellaneda homologó el acuerdo conciliatorio celebrado entre las partes, impuso costas a cargo de las demandadas, reguló honorarios profesionales y ordenó el cumplimiento de diversas obligaciones administrativas y de pago. Fundamentos principales de la decisión: "Que la conciliación arribada entre la parte actora y demandada en la audiencia celebrada el día 05/05/2026 no vulnera ningún principio de orden público y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las partes y de la controversia traída a decisión de este órgano jurisdiccional, conforme lo dispuesto en los arts. 12 y 15 L.C.T." "Que la conciliación es una de las formas posibles de concluir el juicio (art. 30 de la ley 15.057), y el convenio celebrado entre partes hace a la celeridad procesal que debe imprimirse a todo trámite en que se ventilen cuestiones de índole alimentario, tal es el de los potenciales créditos reclamados en autos." "Que asimismo, las partes han pactado la multa aplicable en caso de que se incumpla la obligación y la misma resulta proporcionada con el monto conciliado (art 790 CCC), estableciendo además, que la demandada se hará cargo de las costas originadas por la presente acción." Los Dres. Cáceres y Gabriele adhirieron al voto precedente por compartir sus fundamentos.
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