CAPUTO LEONARDO ARIEL C/ PRESTACION DIESEL ITALFIDE S.R.L S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO
El actor promovió incidente de homologación de convenio conciliatorio con su empleador. El Tribunal del Trabajo rechazó la homologación por no constituir una justa composición de derechos e intereses, considerando que vulneraría principios de orden público laboral. ---
Quién demanda: CAPUTO LEONARDO ARIEL
¿A quién se demanda?
PRESTACION DIESEL ITALFIDE S.R.L
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Homologación de acuerdo conciliatorio arribado entre las partes en un conflicto laboral.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal del Trabajo Nº 1 de Avellaneda rechazó la petición de homologación del acuerdo presentado por las partes. Fundamentos principales de la decisión: El Dr. Valcarce, en su voto mayoritario que fue adhérido por los Dres. Gabriele y Cáceres, sostuvo: "Teniendo en cuenta los términos del acuerdo conciliatorio presentado por las partes, así como la falta de documentación respaldatoria de los hechos invocados, y considerando que este Tribunal debe juzgar conforme a los principios que informan el derecho tutelar, no contando con elementos objetivos suficientes para efectuar una adecuada valoración, estimo que el acuerdo conciliatorio no configura una justa composición de derechos e intereses de las partes en los términos del art.15 de la LCT (conf. art. 7 de la ley 27.802)." Asimismo expresó que "su homologación implicaría vulnerar principios de orden público laboral (arts. 39 inc. 3° de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires; art. 14 bis de la C.N.)", por lo que propuso desestimar la homologación solicitada. El Tribunal aplicó la normativa de protección del derecho laboral tutelar, requiriendo que el acuerdo constituya una justa composición de derechos e intereses conforme al artículo 15 de la LCT, lo cual no se verificó por la insuficiencia de documentación respaldatoria de los hechos invocados. ---
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