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BARRIOS CALIXTO WALDEMAR C/ LAKATOS EUGENIO ALEJANDRO S/ DESPIDO

El Tribunal del Trabajo Nº 1 de Avellaneda homologó el acuerdo conciliatorio en un juicio por despido, disponiendo el pago de indemnización con multas por incumplimiento y costas a cargo de la demandada.

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Quién demanda: Barrios Calixto Waldemar

¿A quién se demanda?

Lakatos Eugenio Alejandro

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Homologación de acuerdo conciliatorio en demanda por despido

¿Qué se resolvió?

El Tribunal resolvió homologar el acuerdo conciliatorio celebrado entre las partes mediante presentación electrónica de fecha 30/04/2026. Fundamentos principales de la decisión: El Dr. Guillermo Ramón Valcarce expresó que "la conciliación arribada entre la parte actora y demandada obrante en la presentación electrónica de fecha 30/04/2026 no vulnera ningún principio de orden público y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las partes y de la controversia traída a decisión de este órgano jurisdiccional, conforme lo dispuesto en los arts. 12 y 15 L.C.T." Destacó que "la conciliación es una de las formas posibles de concluir el juicio (art. 30 de la ley 15.057), y el convenio celebrado entre partes hace a la celeridad procesal que debe imprimirse a todo trámite en el que se ventilen cuestiones de índole alimentario, tal es el de los potenciales créditos reclamados en autos." El Tribunal consideró que respecto de las penalidades pactadas, "conforme lo convenido, la mora en el cumplimiento de lo pactado se producirá de pleno derecho, importará la caducidad de los plazos pendientes y hará ejecutable la totalidad de los montos pactados con las penalidades establecidas." Asimismo, "las partes han pactado la multa aplicable en caso de que se incumpla la obligación y la misma resulta proporcionada con el monto conciliado (art 790 CCC), estableciendo además, que la demandada se hará cargo de las costas originadas por la presente acción." Los Dres. Gabriele y Cáceres adhirieron al voto precedente, compartiendo sus fundamentos.

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