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ESTANGA EDGARDO HERNAN C/ LAS MELIAS S.A. S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO

El actor promovió incidente de homologación de convenio celebrado con su empleador para concluir las cuestiones litigiosas planteadas. El Tribunal de Trabajo homologó el acuerdo con fuerza de sentencia, imponiendo las costas a la demandada e intimándola al pago de tasa de justicia dentro de cinco días.

Homologacion de convenio Incidente Derecho laboral Acuerdo conciliatorio Justa composicion Fuerza de sentencia Tasa de justicia Costas procesales Deposito bancario Regulacion de honorarios

Quién demanda: ESTANGA EDGARDO HERNAN

¿A quién se demanda?

LAS MELIAS S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Homologación de convenio celebrado entre las partes mediante presentación de fecha 17/05/2026

¿Qué se resolvió?

El Tribunal de Trabajo homologó el acuerdo celebrado entre las partes con fuerza de sentencia, imponiendo las costas a la demandada. Se regularon honorarios a los abogados intervinientes en 110.95 JUS a cada uno, y se intimó a la demandada al pago de tasa de justicia por $607.200 y contribución sobre tasa de justicia por $30.360 dentro de cinco días. Fundamentos principales de la decisión: "Evaluados que han sido los términos y alcances del acuerdo denunciado espontáneamente por las partes a través de su presentación electrónica de fecha 17/05/2026
- ajustada, en cuanto a su validez formal a las pautas establecidas en el Art. 5° del Anexo I del Acuerdo N° 4039
- mediante el cual se pretenden concluir las cuestiones litigiosas allí planteadas, no puede objetivamente afirmarse que el mismo no constituya una justa composición entre aquellas en violación a la norma del art. 15 de la L.C.T." "Atento lo resuelto en la cuestión precedente corresponde declarar válido el acuerdo celebrado entre las partes y homologar el mismo con fuerza de sentencia (Arts.15 y 277 L.C.T.)." El Tribunal consideró que el acuerdo reúne los requisitos formales y sustanciales exigidos por la legislación laboral, constituyendo una justa composición entre las partes sin violación de normas imperativas. Los magistrados doctores PATERNICO y LABORDE adhirieron por sus consideraciones al voto del doctor FERNANDEZ DE VILLEGAS en ambas cuestiones planteadas.

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