CISNERO MARTINA NOEMI C/ CAJA DE RETIRO JUBILACIONES Y PENSIONES DE LAS POLICIAS DE LA PRO S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION
La Sra. Martina Noemí Cisnero promovió una demanda por el reconocimiento de derechos previsionales, solicitando un reajuste de su jubilación móvil extraordinaria. El Tribunal declaró la inconstitucionalidad del artículo 37 de la Ley 13.236 y reconoció su derecho al 60% del haber jubilatorio.
Actor: Martina Noemí Cisnero Demandado: Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Reconocimiento del derecho a un reajuste del 60% en su jubilación móvil extraordinaria y la inconstitucionalidad de ciertos artículos de la Ley 13.236. Decisión: Se admitió parcialmente la demanda, declarando la inconstitucionalidad del artículo 37 de la Ley 13.236 y reconociendo el derecho de la actora al 60% del haber jubilatorio.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La aplicación del art. 37 de la Ley 13.236, en forma indirecta implica un distingo indebido que disminuye el porcentaje del haber de acuerdo a un mecanismo legal que trata de manera diferente y perjudicial a los servicios prestados en otra jurisdicción." "El régimen de reciprocidad jubilatoria se estructura en base a las siguientes pautas: a) cómputo mixto de los servicios prestados en cada caja y de las remuneraciones percibidas; b) otorgamiento de un beneficio único; y c) transferencia a la caja otorgante de los aportes y contribuciones ingresadas a las cajas que reconocieron servicios." "El art. 37 de la Ley 13.236, resulta violatorio de la Constitución Nacional y Provincial, y por lo tanto, corresponde declarar su inconstitucionalidad."
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