CARAVANTE ALBERTO C/ BERTINETTI NORBERTO ALFREDO Y OTROS S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
Alberto Caravante obtiene el beneficio de litigar sin gastos en demanda por daños y perjuicios. El Tribunal concedió la exención del pago de costas procesales al acreditarse la insolvencia del actor mediante prueba de patrimonio e informes de registros públicos.
Quién demanda: Alberto Caravante
¿A quién se demanda?
Viñegra Dario Martin; Bertinetti Norberto Alfredo; La Segunda Cooperativa Limitada de Seguros Generales
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Beneficio de litigar sin gastos en juicio por daños y perjuicios
¿Qué se resolvió?
Se concedió a Alberto Caravante el beneficio de litigar sin gastos requerido, pudiendo litigar en el juicio de daños y perjuicios sin tener que satisfacer el pago de las costas o gastos judicales, en tanto no mejore de fortuna. Fundamentos principales de la decisión: El Tribunal, de conformidad con lo solicitado y teniendo en cuenta la prueba producida, otorgó el beneficio de litigar sin gastos. La decisión se fundamentó en: (i) la declaración jurada presentada por el actor con fecha 13/08/2024; (ii) los informes recabados del Registro Automotor (08/05/2025), ANSES (26/11/2021), Registro de Propiedad Inmueble de CABA (19/03/2025) y Registro de Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires (08/05/2025); y (iii) las informaciones sumarias rendidas con fechas 13/08/2024 y 21/02/2025, las cuales fueron aprobadas en el acto. El Tribunal, aplicando las reglas de la sana crítica conforme al artículo 384 del Código Procesal Civil y Comercial, y en virtud de lo dispuesto por los artículos 78, 79, 81, 82 y 84 del mismo código, consideró acreditada la insolvencia del actor. El beneficio se concede "en tanto no mejore de fortuna, con la salvedad establecida en el artículo 84 segunda parte del C.P.C.C.", lo que implica que si el demandante mejora su situación patrimonial durante el litigio, deberá asumir las costas procesales.
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