ORLANDO JUAN CARLOS C/ MESAGLIO JORGE LUIS Y OTRO/A S/ EJECUCION DE HONORARIOS DE MEDIACION LEY 13.951
El actor promovió demanda por ejecución de honorarios de mediación conforme a la Ley 13.951. El Tribunal hizo lugar a la ejecución y ordenó el pago de 20,87 JUS Arancelarios en concepto de honorarios y 2,09 JUS Arancelarios en concepto de aportes de ley, más interés anual del 12%.
Quién demanda: Orlando Juan Carlos
¿A quién se demanda?
Mesaglio Jorge Luis y otro/a
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución de honorarios de mediación conforme a la Ley 13.951, en cantidad de 20,87 JUS Arancelarios (equivalente a $1.038.282,50 a la fecha) en concepto de honorarios y 2,09 JUS Arancelarios (equivalente a $103.977,50 a la fecha) en concepto de aportes de ley.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal hizo lugar a la demanda y mandó llevar adelante la ejecución hasta tanto Mesaglio Jorge Luis efectúe íntegro pago del capital reclamado, más interés anual del 12% desde la fecha de la mora hasta el efectivo pago, con condena al demandado al pago de costas. Fundamentos principales de la decisión: "No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, según informa la Actuaria en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del CPCC)." El Tribunal fundó su decisión en la falta de oposición legítima de excepciones por parte del demandado dentro del plazo legal establecido, lo que resultó en la pérdida del derecho de defensa. Conforme a lo peticionado y lo dispuesto por los arts. 540 y 549 del CPC, se ordenó la ejecución con más interés del 12% anual conforme al art. 54 inc. a) de la ley 14.967, desde la fecha de la mora y hasta el efectivo pago. Se condenó al demandado al pago de costas procesales conforme a los arts. 68 y 556 del CPCC y 768 del CCCN.
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