DISALVO CARLOS RODRIGO s/recurso de apelación
Las estimaciones de oficio por incremento patrimonial no justificado gozan de presunción de legitimidad y corresponde al contribuyente aportar prueba en contrario para desvirtuarlas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El caso discute la determinación de oficio por parte de la AFIP-DGI de impuestos sobre los bienes personales, ganancias y valor agregado, aplicando sanciones por presunta evasión fiscal basada en incrementos patrimoniales no justificados por el contribuyente. El Tribunal analizó la validez de la presunción fundada en los movimientos bancarios y adquisiciones patrimoniales, la carga de la prueba para justificar el origen lícito de los ingresos, la apropiación de ingresos a supuestos testaferros y socios ocultos, y la falta de prueba ofrecida para desvirtuar la imputación tributaria. El análisis incluyó la aplicación del principio "onus probandi incumbit ei qui dicit", la valoración de las pruebas contables y bancarias, y la interpretación del artículo 18 inc. f) de la ley 11.683 que permite estimaciones sobre la base de incrementos patrimoniales. Además, se examinó el criterio para la aplicación de intereses resarcitorios y la ausencia de causales exculpatorias para su exención, en el marco del régimen tributario vigente y normas complementarias del Código Civil y Comercial.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: