TOMSICH, WALTER DANIEL
El recurso de apelación contra resoluciones que determinan obligaciones tributarias debe interponerse dentro del plazo de quince días corridos contados desde la notificación válida de la resolución misma.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se discutió la apelación interpuesta contra una resolución administrativa que determinó la obligación tributaria en concepto de Impuesto al Valor Agregado para varios períodos fiscales. El contribuyente cuestionó la notificación de la fiscalización y la resolución, alegando la falta de acceso a etapas procesales esenciales y la consiguiente violación del debido proceso y derechos de defensa. Por su parte, la autoridad fiscal sostuvo la validez de las notificaciones efectuadas en el domicilio fiscal electrónico y planteó la improcedencia formal del recurso por extemporaneidad, considerando vencido el plazo legal para apelar. El Tribunal analizó la normativa aplicable sobre los plazos de interposición del recurso, la validez de las comunicaciones electrónicas como medio de notificación, y la aplicación de plazos adicionales en función de la distancia geográfica, evaluando además la vigencia y alcance de disposiciones reglamentarias internas en materia de presentación electrónica de recursos.
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