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EX-2022-93418504-APN-SGASAD#TFN (PETROQUIMICA ARGENTINA SA

Para las infracciones aduaneras regidas por el Código Aduanero, procede correr vista a los presuntos responsables para que ejerzan su derecho de defensa y ofrezcan pruebas durante el procedimiento sumarial, conforme a lo previsto en el artículo 1101

Competencia Nulidad Multa Costas Tributos aduaneros

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó un recurso de apelación contra una resolución aduanera que formuló cargos tributarios y ordenó el archivo de una denuncia administrativa por una supuesta infracción aduanera. Se controvirtieron cuestiones de nulidad por vulneración del derecho de defensa, pues se constató la omisión de notificación y vista a la parte afectada durante el sumario administrativo, requisito esencial según el Código Aduanero. También se discutió la prescripción de la acción del Fisco para imponer multas y exigir tributos, considerando el plazo quinquenal previsto en esa normativa y la suspensión de dicho plazo por la instrucción del sumario. El Tribunal examinó el cumplimiento formal del procedimiento administrativo infraccional, la adecuación del archivo conforme a la instrucción general aplicable, la correcta determinación y notificación de los cargos tributarios, la naturaleza del término "archivo" y la suspensión-interrupción del plazo prescriptivo. Asimismo, valoró la aplicación del derecho a la defensa y el principio de tutela judicial efectiva frente a las omisiones procedimentales detectadas.

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