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EX-2023-19818655-APN-SGASAD#TFN (ASEGURADORA DE CREDITOS Y GARANTIAS SA

El procedimiento infraccional aduanero debe cumplir con las formalidades y plazos establecidos en el Código Aduanero, incluyendo la notificación oportuna a los presuntos responsables para ejercer su derecho de defensa.

Competencia Nulidad Multa Costas Tributos aduaneros

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó un recurso de apelación contra una resolución administrativa de la Aduana que formulaba cargos por la destinación de exportación y exigía el pago de tributos derivados de una supuesta infracción relacionada con importación temporaria. La controversia incluyó cuestionamientos respecto a la validez del procedimiento administrativo, especialmente la falta de notificación oportuna durante la instrucción sumarial, la nulidad del acto administrativo por incumplimiento de garantías del debido proceso, la prescripción de la acción fiscal para exigir tributos, y la interpretación del alcance de la garantía otorgada por una aseguradora que respaldaba dichas obligaciones tributarias. El Tribunal examinó si el procedimiento seguido cumplió con los plazos y formalidades legales establecidas en el Código Aduanero, si se respetó el derecho de defensa y la tutela judicial efectiva, y si el modo y plazo de notificación de la resolución y el procedimiento administrativo cumplían con los requisitos normativos. Asimismo, se consideró la suspensión del cómputo del plazo de prescripción a partir del inicio del sumario y la vinculación entre la aseguradora y la responsabilidad por los tributos reclamados.

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