BODEGAS ESMERALDA SA
El Tribunal Fiscal de la Nación no puede declarar la inconstitucionalidad de las leyes tributarias o aduaneras, salvo que la Corte Suprema de Justicia de la Nación así lo haya decidido.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación contra la resolución de la Aduana de Mendoza que denegó la repetición de derechos de exportación abonados bajo el Decreto 793/2018, cuestionando la constitucionalidad de dicho Decreto por considerar que vulnera el principio de reserva de ley en materia tributaria y la garantía de inviolabilidad de la propiedad privada. La discusión se centró en la validez y efecto jurídico del Decreto 793/2018 y la ratificación legislativa posterior mediante la Ley 27.467, así como en la competencia del Tribunal Fiscal para declarar la inconstitucionalidad de normas tributarias. El Tribunal examinó el principio de legalidad tributaria, la diferencia entre establecimiento y aprobación de alícuotas tributarias por parte del Poder Ejecutivo y el Congreso, y la vigencia de delegaciones legislativas conforme a la ley 26.122. Se valoró también precedentes jurisprudenciales, tanto de la Corte Suprema como del Tribunal Fiscal, y se consideró la inaplicabilidad del precedente Camaronera Patagónica al contexto actual. En términos probatorios y procedimentales, se revisaron las actuaciones administrativas y el marco de aplicación de los derechos de exportación en los felices tiempos señalados.
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