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Corte Suprema

Recurso Queja Nº 1 - LUCA, HORACIO PEDRO c/ PROVINCIA ART S.A. Y OTRO s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por prestaciones dinerarias conforme a la ley 24.557 de Riesgos del Trabajo, reclamando a varias aseguradoras. La Corte Suprema hizo lugar al recurso y dejó sin efecto la sentencia, estableciendo que la aseguradora responsable era la que cotizaba en la fecha de la primera manifestación invalidante.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 048374/2016/1/RH001
Riesgos del trabajo Responsabilidad solidaria Aseguradora de riesgos del trabajo Sentencia arbitraria Prestaciones dinerarias Ley 24.557 Aseguradoras Primera manifestacion invalidante Accion de repeticion Arbitrariedad Recurso directo Corte suprema

¿Qué se resolvió en el fallo?

Riesgos del trabajo: proceso desarrollado a través del tiempo y concurrencia de aseguradoras

La cámara admitió la demanda iniciada a fin de de obtener las prestaciones dinerarias de la ley 24.557 de Riesgos del Trabajo y condenó a las demandadas en forma solidaria al tener en cuenta que las patologías del actor eran enfermedades de larga evolución.

Una de las demandadas cuestionó su condena en tanto alegó que a la fecha de la primera manifestación invalidante que sufrió el actor ya no resultaba ser aseguradora de su empleador.

La Corte hizo lugar al recurso y dejó sin efecto la sentencia con base en la doctrina de la arbitrariedad.

Sostuvo que, de conformidad con el primer párrafo de artículo 47 de la ley mencionada es claro que la obligada al pago es la Aseguradora de Riesgos del Trabajo que cotizaba a la fecha de la primera manifestación invalidante y, contrariamente a lo resuelto, a ella correspondía eventualmente la acción de repetición respecto de las otras aseguradoras intervinientes.

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