VALLEJOS, IVANA SOLEDAD C/PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/MATERIA A CATEGORIZAR
El tribunal reguló los honorarios profesionales de la letrada Ivana Soledad Vallejos por su actuación en procesos administrativos ante la Comisión Médica N°37 de Lanús. La sentencia confirmó que los honorarios corresponden a $422.190 por cada expediente, con costas a la demandada, y estableció el pago en 10 días tras la Firmeza del auto regulatorio, en línea con la Ley 14.967 y la Ley 15.057.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demandante, Ivana Soledad Vallejos, promovió una demanda de regulación de honorarios por su asesoramiento y actuación en los expedientes administrativos Nº 435091/19 y 435101/19, en representación del trabajador Juan Carlos Pereyra, contra la aseguradora Prevención ART S.A. La decisión judicial reconoció el derecho de la letrada a percibir honorarios, basándose en el art. 1 de la Ley 27.348 y el art. 44 de la Ley 14.967, dado que la actuación fue en el marco de un proceso administrativo obligatorio, donde la Comisión Médica declaró el carácter profesional de la enfermedad, en particular, la hipoacusia bilateral y varices bilaterales. El tribunal determinó que corresponde regular los honorarios en la suma de $422.190 por expediente, equivalente a 10 Jus, más aportes previsionales del 10%, y costas a cargo de la parte demandada. La sentencia sostuvo: “los honorarios profesionales que correspondan por patrocinio letrado y demás gastos en que incurra el trabajador a consecuencia de su participación ante las comisiones médicas estarán a cargo de la respectiva aseguradora de riesgos del trabajo”. Además, estableció que los honorarios deben pagarse en 10 días tras la firmeza del auto regulatorio, y ordenó acreditar el depósito de los aportes previsionales en un plazo de 60 días.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: