G, C. A. (EN REPRESENTACION DE T B) c/ OMINT SA DE SERVICIOS s/LEY DE DISCAPACIDAD
La Cámara Federal de Mar del Plata revoca parcialmente la sentencia y ordena a la demandada la cobertura total de la prestación de acompañante terapéutico para el ciclo lectivo 2025, en virtud de la normativa y el interés superior del niño, sin límites ni restricciones.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, en representación de un menor con discapacidad, demanda a OMINT S.A. por la cobertura integral de la prestación de acompañante terapéutico (A.T.) en el marco del sistema de protección de derechos de discapacidad y salud. La sentencia de grado limitó la cobertura, lo que fue apelado por la actora. La Cámara revisó la normativa de protección integral, los principios constitucionales y las leyes específicas (Ley 24.901, Ley 22.431, Ley 23.661, Ley 26.061, Convención de los Derechos del Niño), y concluyó que la prestación de A.T. debe ser brindada en su totalidad, sin límites. La Cámara consideró acreditada la necesidad del tratamiento y la vulnerabilidad del menor, y rechazó el planteo de nulidad y la apelación de la demandada, revocando la limitación impuesta y ordenando su cobertura total.
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