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CANTET MANTEROLA, JUSTO GASTON c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES

La Cámara Federal de Mar del Plata rechazó los agravios del demandado y confirmó la constitucionalidad de los decretos y normas cuestionadas en el marco del reajuste de haberes previsionales, manteniendo la aplicación del índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (ISBIC) y rechazando la aplicación retroactiva de leyes y resoluciones.

Reajuste de haberes previsionales Inconstitucionalidad Leyes 24.241 y 24.463 Decret

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La parte actora, Justo Gastón Cantet, demanda en reclamo de reajuste de haberes previsionales.
- La Cámara Federal de Mar del Plata revisó los agravios del demandado respecto a la imposición de costas, actualización del haber, constitucionalidad de decretos y leyes, y aplicación de precedentes.
- La Cámara concluyó que no corresponde aplicar el índice R.I.P.T.E. ni las resoluciones cuestionadas, dado que la actora no se adhirió al Programa Nacional de Reparación Histórica y no hay pretexto legislativo para la retroactividad.
- La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró la inconstitucionalidad de las resoluciones N° 56/2018 y N° 1/2018 de ANSeS, y confirmó la aplicación del ISBIC con los alcances de los antecedentes “Elliff” y “Blanco”.
- La Cámara también confirmó la constitucionalidad de los decretos PEN 163/2020, 495/2020, 692/2020, 899/2020, así como la validez de los antecedentes “Volonté” y “Makler”.
- Respecto a las leyes 24.463 y 24.241, la Cámara resolvió diferir su tratamiento para la etapa de ejecución, en línea con fallos anteriores.
- Impuso las costas a la parte vencida en ambas instancias. Fundamentos principales: "De las constancias obrantes en el expediente judicial, no surge que la parte actora se hubiese adherido al programa instituido por la normativa citada precedentemente, como así tampoco existe pretexto legislativo que avale la aplicación retroactiva de la ley. En consecuencia, tanto el índice que ésta establece, como la ley misma, devienen inaplicables al beneficio previsional del actor, conforme lo resuelto por éste Tribunal en autos..." "Asimismo, se ha declarado la inconstitucionalidad de las resoluciones N° 56/2018 y N° 1/2018 de ANSeS, y se ha confirmado la constitucionalidad del índice ISBIC, en línea con los antecedentes “Elliff” y “Blanco”." "Por último, en relación a las leyes 24.463 y 24.241, la Cámara diferirá su tratamiento para la etapa de ejecución, manteniendo la validez de los topes previsionales en la sentencia definitiva."

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