DAVIS, MARIA ELIDA c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES
La Cámara Federal de Mar del Plata confirmó la resolución que rechazó el recurso de apelación de la demandada y mantuvo la sentencia que rechazó el planteo de extemporaneidad del reclamo administrativo, además de imponer costas a la parte vencida, remitiendo a fallos anteriores que avalan la decisión.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, María Elida Davis, adquirió su beneficio previsional conforme a la Ley 18.037 el 28/06/1979.
- La demandada, ANSES, apeló la sentencia que rechazó su planteo de extemporaneidad del reclamo administrativo y la imposición de costas.
- La Cámara confirmó la sentencia de grado, remitiéndose a fallos anteriores similares, específicamente el fallo “FARES TAIE BERTA c/ ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES”, que también confirmó la validez del rechazo.
- En referencia a las costas, la Cámara recordó la sentencia “AGOSTINO, TERESITA DEL CARMEN c/ ANSeS”, que declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y dispuso que las costas se impongan a la parte vencida.
- La decisión se fundamenta en que los agravios de la demandada no lograron desvirtuar los argumentos del juez de grado, confirmando la procedencia del rechazo del planteo de extemporaneidad y la imposición de costas.
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