P, A, J. c/ OSDE s/AMPARO LEY 16.986
La Cámara Federal de Mar del Plata confirmó la sentencia que hizo lugar a la acción de amparo por el derecho a la salud, rechazando los agravios por insuficiencia en la fundamentación y regular los honorarios profesionales, manteniendo la decisión de primera instancia.
- Quién demanda: A. J. P.
¿A quién se demanda?
OSDE (obra social)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
protección del derecho a la salud, específicamente la prestación solicitada (implante)
¿Qué se resolvió?
la Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar a la acción de amparo, rechazando la apelación de la accionada por insuficiencia en los agravios, y reguló honorarios y costas en favor del actor.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El recurso de apelación no cumple con la exigencia del art. 15 de la ley 16.986 de una crítica concreta y razonada de la sentencia. La parte apelante simplemente reiteró argumentos ya resueltos, sin demostrar errores de razonamiento en la decisión de grado. La jurisprudencia ha establecido que no basta un mero disenso, sino que la impugnación debe precisar los errores del fallo, lo cual no ocurrió en este caso." "Las apelaciones de los profesionales de la parte actora fueron desestimadas, ya que los honorarios se ajustan a lo dispuesto por la ley 27.423, considerando la complejidad, la trascendencia y los resultados favorables." "Las costas de alzada se imponen a la parte vencida, en consonancia con el principio objetivo de derrota."
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