PRADO, ALFREDO JAVIER c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma el dictamen de la Comisión Médica Central que establece una incapacidad del 37,34% para el beneficiario. La decisión ratifica la validez del informe pericial y desestima la inconstitucionalidad del decreto 478/1998.
Quién demanda: Alfredo Javier Prado
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Revisión del dictamen de incapacidad para acceder a la pensión por invalidez, solicitando que se reconozca el porcentaje de incapacidad necesario para obtener la pensión prevista en el art. 49 de la ley 24.241.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó el dictamen de la Comisión Médica Central que establece una incapacidad del 37,34%, considerando que cumple con los requisitos legales para la percepción de la pensión. La Cámara rechazó la declaración de inconstitucionalidad del decreto 478/1998 por no estar debidamente fundada. Fundamentos principales de la decisión: "Del informe técnico producido por los profesionales intervinientes surge que las patologías que afectan al actor, minuciosamente por ellos descritas y valoradas por el Anexo 1 del decreto 478/1998, provocan al recurrente una incapacidad a los fines previsionales del 37,34% de la total obrera a la fecha del fallecimiento del causante (27-10-2023)." "El dictamen producido cumple con los requisitos del art. 472 del C.P.C.C.N. y tiene plena eficacia probatoria en los términos del art. 477 del mismo código." "En este orden, luego de analizar la situación del recurrente a la luz del criterio objetivo de interpretación propiciado por la Corte Suprema en el precedente 'Sosa' (Fallos 340:2021), corresponde confirmar el dictamen que motivó el recurso."
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