CLAR JUAN HORACIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó en parte la sentencia de grado, rechazando los agravios y ratificando la actualización de las remuneraciones y beneficios previsionales conforme a los precedentes de la Corte Suprema y la normativa vigente, además de declarar la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 y del art. 2 de la Ley 27.426, y ordenando el reajuste del beneficio a partir de enero de 2021. La decisión se fundamenta en la necesidad de garantizar la movilidad previsional conforme a la Constitución Nacional y los precedentes judiciales, diferidos los análisis sobre inconstitucionalidades para la etapa de ejecución.
- Quien demanda (Actor): Juan Horacio Clar
Demandado: ANSES
Objeto: Reajustes diversos en la movilidad y actualización de su beneficio previsional, y cuestionamientos a la constitucionalidad de las leyes y resoluciones que regulan la movilidad previsional.
Decisión: La Cámara confirmó en parte la sentencia de grado, rechazando los agravios, y declaró la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 en caso de que la quita exceda el 15%, y del art. 2 de la Ley 27.426; ordenó el reajuste de la prestación a partir de enero de 2021, y diferió el análisis de la constitucionalidad de la Ley 27.609 y del Fallo Villanustre para la etapa de ejecución. Además, confirmó las costas a la demandada vencida y reguló honorarios. La decisión se sustentó en que la normativa vigente y los precedentes de la Corte Suprema garantizan la movilidad en los términos constitucionales, y que la modificación normativa en curso busca readecuar el sistema a la realidad inflacionaria.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara remarcó que la Corte Suprema ha ratificado la aplicación de índices de salarios y recaudación para la actualización de las remuneraciones y beneficios previsionales, y que la ley 27.609 y los decretos posteriores, junto con el DNU 274/2024, tratan de subsanar las insuficiencias del esquema anterior. La declaración de inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 se condiciona a que en la etapa de liquidación se compruebe que la quita supera el 15%, en línea con el precedente “Actis Caporale”. Asimismo, el diferimiento del análisis de la constitucionalidad de la Ley 27.609 y del Fallo Villanustre responde a la prudencia y a la necesidad
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: