ALVEZ ELEUTERIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que rechazó diversos planteos de inconstitucionalidad y metodologías de actualización en el cálculo de haberes previsionales. La decisión se fundamentó en la validez constitucional del marco legal vigente y en precedentes de la CSJN, confirmando la indexación y los parámetros establecidos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La Cámara revisó el recurso de apelación interpuesto por ambas partes en la causa "Alvez Eleuterio c/ ANSES s/Reajustes Varios".
- La parte demandada cuestionó la aplicación de parámetros para actualización de remuneraciones y la constitucionalidad de leyes y decretos, además de aspectos vinculados a la Prestación Básica Universal, el método de cálculo del haber inicial y la inconstitucionalidad de ciertos artículos.
- La parte actora reclamó por el método de actualización, la prescripción, y la constitucionalidad de leyes y artículos, además de la recomposición del haber en enero 2021.
- La Cámara revocó parcialmente la sentencia de grado, confirmando la constitucionalidad del Decreto 807/16 y la aplicación del índice de la CSJN en la etapa de ejecución, además de ordenar la actualización de aportes autónomos.
- La Cámara también rechazó los agravios relativos a la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 y otros artículos, confirmando la validez del marco legal vigente.
- En cuanto a aportes autónomos anteriores a 7/94, se revocó la decisión de grado y se aplicaron los criterios jurisprudenciales de la CSJN.
- Se mantuvo la prescripción bienal y la tasa de interés desde que cada suma fue debida.
- Se ordenó la imposición de costas a la parte demandada vencida y la regulación de honorarios en un 30% de lo fijado en instancia anterior.
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