MOLINA CARLOS ERNESTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó parcialmente la sentencia de grado, ordenando al organismo demandado pagar las diferencias de movilidad en los meses de enero y febrero de 2021 y aplicando la nueva ley 27.609 para adelante. Además, diferió la aplicación de la ley para la etapa de ejecución y confirmó las costas a la parte demandada vencida.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora demandó por diferencias en la movilidad previsional y cuestionó la constitucionalidad de ciertas leyes y decretos, incluyendo la ley 27.541, la ley 27.609, y el DNU 274/2024. La Cámara valoró que los cambios normativos reflejan la insuficiencia de la ley 27.609 y la intención de la administración de adecuar la movilidad a la realidad inflacionaria. En consecuencia, ordenó pagar diferencias sólo para enero y febrero de 2021 y diferir la aplicación de la ley 27.609 para la etapa de ejecución. Respecto a la constitucionalidad, consideró prudente diferir el análisis para la etapa de ejecución, dada la nueva normativa del DNU 274/2024 y la necesidad de mayor claridad normativa. Además, confirmó la constitucionalidad de la fórmula de movilidad establecida en la ley 27.609, en línea con precedentes de la Corte Suprema, y rechazó los agravios relacionados con el impuesto a las ganancias. La sentencia también estableció costas a la demandada y reguló honorarios en el 30% de lo que corresponda en primera instancia más IVA.
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