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MOLINA CARLOS ERNESTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó parcialmente la sentencia de grado, ordenando al organismo demandado pagar las diferencias de movilidad en los meses de enero y febrero de 2021 y aplicando la nueva ley 27.609 para adelante. Además, diferió la aplicación de la ley para la etapa de ejecución y confirmó las costas a la parte demandada vencida.

Recurso de apelacion Movilidad previsional Leyes 27.541 y 27.609 Dnu 274/2024 Inconstitucionalidad Diferencias de movilidad Ley 24.241 Jurisprudencia corte suprema Inconstitucionalidad en etapa de ejecucion Seguridad social

¿Qué se resolvió en el fallo?

La parte actora demandó por diferencias en la movilidad previsional y cuestionó la constitucionalidad de ciertas leyes y decretos, incluyendo la ley 27.541, la ley 27.609, y el DNU 274/2024. La Cámara valoró que los cambios normativos reflejan la insuficiencia de la ley 27.609 y la intención de la administración de adecuar la movilidad a la realidad inflacionaria. En consecuencia, ordenó pagar diferencias sólo para enero y febrero de 2021 y diferir la aplicación de la ley 27.609 para la etapa de ejecución. Respecto a la constitucionalidad, consideró prudente diferir el análisis para la etapa de ejecución, dada la nueva normativa del DNU 274/2024 y la necesidad de mayor claridad normativa. Además, confirmó la constitucionalidad de la fórmula de movilidad establecida en la ley 27.609, en línea con precedentes de la Corte Suprema, y rechazó los agravios relacionados con el impuesto a las ganancias. La sentencia también estableció costas a la demandada y reguló honorarios en el 30% de lo que corresponda en primera instancia más IVA.

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