Logo

BELLADA ALEJANDRO NICOLAS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca la sentencia de primera instancia que cuestionaba la metodología de actualización de remuneraciones y de las prestaciones previsionales, confirmando la inconstitucionalidad del art. 3 de la ley 27.426 y ordenando que se apliquen los índices establecidos por la CSJN y las leyes vigentes hasta la entrada en vigencia de la ley 26.417, además de remitir el tratamiento de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 a la etapa de ejecución.

Recurso de apelacion Actualizacion de remuneraciones Beneficio previsional Inconstitucionalidad Ley 27.426 Ley 26.417 Indice csjn Movilidad previsional Derecho previsional Sentencia de camara 9. tipo de proces


- Quién demanda: Alejandro Nicolás Bellada

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste de beneficios previsionales, actualización de remuneraciones y aplicación de índices de movilidad previsional

¿Qué se resolvió?

La Cámara revoca la sentencia de grado en cuanto a la metodología de actualización y la inconstitucionalidad del art. 3 de la ley 27.426, confirmando que las remuneraciones y beneficios deben actualizarse según los parámetros y leyes vigentes, y ordena que el organismo previsional rectifique los haberes a partir de la entrada en vigencia de las leyes correspondientes, remitiendo la cuestión de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 a la etapa de ejecución.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Sala revoca la decisión anterior y declara la inconstitucionalidad del método de actualización dispuesto por el art. 3 de la ley 27.426, basándose en precedentes de la CSJN, como "Elliff" y "Blanco", que establecen que las remuneraciones se deben actualizar con índices que no impliquen confiscatoriedad.
- Se considera que la actualización debe hacerse en base a los índices de la CSJN y las leyes vigentes, hasta la entrada en vigor de la ley 26.417, que establece un mecanismo diferente.
- La Sala también desestima los planteos de inconstitucionalidad de las leyes 27.541 y 27.609 y los decretos asociados, remitiendo su tratamiento a la etapa de ejecución.
- La decisión se fundamenta en la necesidad de garantizar la proporcionalidad, la no confiscatoriedad y el respeto a los derechos adquiridos.
- La Cámara confirma que el diferimiento en la aplicación de la movilidad prevista en la ley 27.609 debe mantenerse en la etapa de ejecución.
- Costas de Alzada a la demandada vencida y se regula honorarios en un 30% sobre la suma que se fije en primera instancia.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar