.................... S/ LESIONES CULPOSAS GRAVES (IPP 411/22)
La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Azul confirma la absolución de Juan Francisco Deheza por lesiones graves culposas, considerando que no se acreditó el nexo causal ni la conducta penalmente reprochable del acusado, y que la responsabilidad fue del motociclista por incumplimiento del deber de cuidado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El expediente juzga la responsabilidad penal de Juan Francisco Deheza por lesiones graves culposas en un hecho ocurrido el 28 de enero de 2022 en Tandil, en el que impactó contra una motocicleta conducida por Gerónimo Ayastuy Real. La sentencia de primera instancia absolvió a Deheza por falta de acreditación del delito, argumentando que la colisión fue provocada por la imprudencia del motociclista, quien no respetó la prioridad de paso, a pesar de que circulaba en estado de ebriedad y con exceso de velocidad. El fiscal apeló la sentencia, alegando que la conducta de Deheza fue negligente y que incumplió el deber de cuidado al ingresar a la calle sin verificar que la motocicleta no tuviera prioridad, conforme a lo dispuesto en la ley de tránsito. El tribunal de alzada analizó las pruebas, incluyendo registros fílmicos y peritajes, concluyendo que fue la motocicleta quien no respetó la prioridad de paso, ya que el automóvil inició su cruce de manera prudente y en tiempo. La Cámara ratifica que la conducta del conductor del automóvil, al detenerse y avanzar con precaución, no fue reprochable, y que la responsabilidad recayó en el motociclista por no ajustarse a las circunstancias y no frenar a tiempo. La sentencia de primera instancia se confirma en todos sus términos, rechazando el recurso de apelación del fiscal.
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