FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ BUCOLO STELLA MARIS S/ APREMIO PROVINCIAL
La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo en San Nicolás modifica parcialmente la sentencia de grado en relación con la imposición de costas, ordenando que sean impuesto por su orden, en atención a la responsabilidad del contribuyente en el error que motivó la emisión del título ejecutivo, y devuelve los autos para la regulación de honorarios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Stella Maris Bucolo, interpuso recurso de apelación contra la sentencia que rechazó la ejecución por inhabilidad de título, y cuestionó la imposición de costas a su cargo. La sentencia de primera instancia, dictada por el juez del Juzgado en lo Contencioso Administrativo n° 1 de Mercedes, hizo lugar a la excepción de inhabilidad de título por reconocimiento de un error en la declaración jurada y rechazó la proceso ejecutivo, imponiendo las costas a la parte actora. La parte actora argumentó que la conducta de ARBA fue conforme a derecho, reconociendo un error propio que motivó la emisión del título. La Cámara analizó la secuencia procesal y la documentación administrativa, concluyendo que al momento del inicio del proceso ejecutivo, no existía aún la disposición administrativa que invalidaba el título por error del contribuyente. Agregó que, si bien la conducta del Fisco pudo ser errónea, fue consecuencia de una negligencia del contribuyente en la confección de la declaración jurada, y que las costas deben ser impuestas en el orden causado, en atención a la responsabilidad del contribuyente en el error. La Cámara modificó la decisión de grado en lo que respecta a la imposición de costas y ordenó que sean por su orden, mientras que los honorarios serán regulados en instancia de alzada.
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