LAFFORGUE JUAN Y OTRO/A C/ MUNICIPALIDAD DE NECOCHEA S/ CESACION VIA DE HECHO
La Cámara de Apelación anula la sentencia de primera instancia por defectos en su fundamentación y ordena un nuevo pronunciamiento. La decisión se basa en que el juzgador omitió analizar hechos relevantes y violó garantías constitucionales del debido proceso y derecho de defensa.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La parte actora, Juan Lafforgue y Juan Raffaghelli, demanda a la Municipalidad de Necochea solicitando el cumplimiento de normas de seguridad y equipamiento para guardavidas en las playas, en virtud de su condición de agentes municipales y en defensa de derechos colectivos de seguridad y protección de la vida.
- La Municipalidad de Necochea se opuso alegando incompetencia, falta de legitimación activa, caducidad y nulidad de prueba, además de contestar la demanda y ofrecer prueba en su favor.
- El juez de primera instancia desestimó la demanda sin analizar en profundidad los hechos denunciados, basando su decisión en la falta de acreditación de lesión o afectación concreta, y fundamentó que no existía controversia. La Cámara de apelaciones considera que esto fue una arbitrariedad y que el fallo no fundamentó adecuadamente, violentando garantías constitucionales y derechos del debido proceso, por lo que anula la sentencia y ordena un nuevo pronunciamiento por otro juez.
- La Cámara argumenta que el juez omitió analizar hechos relevantes, la prueba producida y las circunstancias que evidencian riesgos para la seguridad pública y de los guardavidas, además de incumplimientos normativos atribuidos a la Municipalidad.
- La resolución concluye que la sentencia de grado adolece de nulidad por falta de fundamentación, violando el debido proceso y derechos constitucionales, y ordena remitir las actuaciones para que otro juez dicte nuevo fallo dentro del plazo legal.
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